Descripción
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Referencia3154
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Descripción
Solicitud de visado de contratos de arrendamiento de Viviendas Protegidas otorgados por sus propietarios, es decir, en segunda disposición.
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TasaTrámite sujeto a tasas
Destinatarios y/o requisitos
- Depositar fianza de arrendamiento a la Agencia de Vivienda Social.
- No podrán arrendarse las viviendas protegidas provistas total o parcialmente de mobiliario ni conjuntamente con garajes o trasteros de precio libre, cuando de dicho arrendamiento se derive un desembolso para el inquilino que sea superior a la renta máxima permitida.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Información Complementaria
Se podrá consultar Información complementaria a este procedimiento en la sección Documentación de interés.
Si desea consultar el estado de su expediente puede solicitar cita en el siguiente enlace:
Documentación de interés
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Resolución de 12 de febrero de 2020, del Director General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se publica el modelo de solicitud del procedimiento denominado “Solicitud de visado de contrato de arrendamiento de vivienda protegida calificada definitivamente como de venta o uso propio (alquiler entre particulares)” (BOCM nº 48, de 26 de febrero).
- Ley 9/2003, de 26 de marzo (BOCM nº 79, de 3 de abril) (BOE nº 128, de 29 de mayo).
- Resolución de 9 de diciembre de 2009, del Director General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 308, de 29 de diciembre).
- Ley 4/2012, de 4 de julio, de Modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, y de medidas urgentes de racionalización del gasto público e impulso y agilización de la actividad económica (BOCM nº 162, de 9 de julio).
- Orden 2545/2012, de 6 de septiembre, por la que se establece el procedimiento de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por actuaciones y servicios en materia de vivienda protegida (BOCM nº 226, de 21 de septiembre).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).