Descripción
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ReferenciaL65
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Descripción
Autorizaciones de subrogación/cambio de titularidad en contratos de compraventa de viviendas de la Agencia de Vivienda Social.
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Más información
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TasaTrámite sujeto a tasas
Destinatarios y/o requisitos
- En caso de fallecimiento, ser heredero del titular fallecido.
- En caso de separación o divorcio, estar separado o divorciado con sentencia firme de separación o divorcio.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- En su caso, pasaporte del/los solicitantes.
- Original del ejemplar para la Administración del pago de la Tasa 4727 del modelo 030
- En caso de cambio de titularidad por fallecimiento: copia del Testamento o del Acta de notoriedad o del Auto judicial de declaración de herederos ab intestato.
- En caso de cambio de titularidad por fallecimiento: copia del Certificado de Actos de Última Voluntad del titular fallecido.
- En caso de cambio de titularidad por fallecimiento: copia de la escritura de adjudicación de herencia (en caso de que se haya otorgado.
- En caso de cambio de titularidad por divorcio o separación: copia de la escritura de liquidación de la sociedad de gananciales o de la sentencia judicial que atribuya la titularidad a uno de los cónyuges.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- DNI o NIE del/del solicitante/s
- En su caso, certificado de defunción del titular.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.
Información Complementaria
Tramitación
Una vez recibida la solicitud se inicia la tramitación del procedimiento, revisando la documentación aportada. Si fuese necesario subsanar algo, la unidad de tramitación se pondrá en contacto con el solicitante.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se publican los modelos de impreso denominados “Cambio de titularidad/subrogación en viviendas y plazas de garaje de la Agencia de Vivienda Social (contratos de arrendamiento)” y “Cambio de titularidad/subrogación en viviendas y plazas de garaje de la Agencia de Vivienda Social (contratos de compraventa)”. (BOCM nº 123, de 25 de mayo).
- Decreto 52/2016, de 31 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el parque de Viviendas de emergencia social y se regulan los procedimientos de adjudicación de viviendas de la Agencia de la Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 133, de 6 de junio).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).