Descripción

  • Referencia
    2090
  • Descripción

    Procedimiento para solicitar el reingreso al servicio activo del personal laboral del Convenio Colectivo vigente de la Comunidad de Madrid proveniente de situación de excedencia voluntaria por interés particular o por incompatibilidad.

    • Para el caso de personal docente no universitario puedes acceder a la siguiente ficha. [L60]
    • Para el caso de personal funcionario puedes acceder a la siguiente ficha 2087
    • Para el caso de personal estatutario puedes acceder a la siguiente ficha 81149
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

En ambos casos la solicitud deberá realizarse por el interesado, debiendo en el caso de excedencia por interés particular haber transcurrido un periodo mínimo de 2 años desde el inicio de la misma y en el caso de incompatibilidad en el plazo de 2 meses desde que cesara la situación que motivó la incompatibilidad.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Si el trabajador no obtiene destino en el Turno de Traslado, o que en el mismo la vacante que inicialmente le fue adjudicada con carácter provisional sea asignada a otro trabajador concursante, se le dará destino definitivo, previa opción, en su caso, entre las no ocupadas restantes en el turno de traslados, tanto si se trata de plazas liberadas en el mismo como si se trata de plazas declaradas desiertas siempre que no están ocupadas por personal interino.

Tramitación

El personal laboral al servicio de la Comunidad de Madrid o Administración Pública de origen en el caso de los transferidos, con una antigüedad mínima de un año tiene derecho de acuerdo con el Convenio Colectivo a la concesión de excedencias voluntarias por interés particular por un periodo mínimo de dos años y sin límite máximo. Asimismo tiene derecho a excedencia por incompatibilidad, no existiendo en este caso los límites a que se refiere el supuesto anterior. Una vez finalizada la situación, el trabajador deberá solicitar el reingreso al servicio activo. 

El reingreso podrá obtenerse mediante participación en concursos de traslados, siempre que se hubiera solicitado el reingreso con antelación a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias que en cada convocatoria del propio concurso se señale.

Por adscripción provisional a un puesto vacante de su categoría, o de una inferior si así lo solicita expresamente y cumple los requisitos, debiendo participar en el primer concurso de traslados en que se convoquen plazas de su categoría.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Hacienda y Función Pública
Dirección General de Recursos Humanos

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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