Última actualización: 25/04/2024

Descripción

  • Referencia
    L60
  • Descripción

    Realizar la solicitud para el cambio de situación administrativa del personal docente no universitario.

    Se debe dirigir la solicitud a la Dirección de Área Territorial donde la persona interesada preste servicios en la actualidad, excepto en los casos de reingreso a servicio activo o el paso a servicios especiales donde la solicitud deberá dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

Personal docente no universitario.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

Dependiendo del tipo de solicitud:

  1. Excedencia Voluntaria por incompatibilidad
    • Toma de posesión como funcionario
    • Contrato de trabajo suscrito en el Sector Público
  2. Excedencia Voluntaria por interés particular
    • No se requiere documentación adicional
  3. Excedencia Voluntaria por agrupación familiar
    • Copia del libro de familia
    • Documentación acreditativa de la causa que motiva el cambio de situación administrativa (toma de posesión del cónyuge, nombramiento,…)
  4. Excedencia por cuidado de hijos
    • Copia completa del libro de familia
    • Declaración responsable según modelo 3214FO1
  5. Excedencia por cuidado de familiares
    • Copia completa del libro de familia correspondiente según grado de parentesco
    • Copia del DNI del familiar
    • Informe médico, en su caso
    • Certificado acreditativo de la discapacidad, en su caso
    • Declaración responsable según modelo 3214FO1
  6. Excedencia por violencia de género
    • Documentación acreditativa de la causa que motiva la solicitud
  7. Servicios en otras Administraciones Públicas
    • Documentación que acredite la adjudicación de un puesto por concurso de méritos o por libre designación en otra Administración Pública
    • Documentación de Toma de posesión en el puesto
  8. Reingreso al servicio activo o pase a servicios especiales:
    • Documentación acreditativa de la causa que motiva el cambio de situación administrativa.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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