Tramitación

Pago de tasas

Métodos de pago

Puedes pagar la tasa de dos maneras:

  • Por Internet: tarjeta bancaria (Visa y Mastercard), Bizum o cargo en cuenta.
  • En una entidad bancaria: descarga el modelo para realizar el pago en persona.
Tasa
  • Examen capacitación para la actividad de transporte

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

a) Por Internet (Ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presencial

Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Accede al registro electrónico

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Calendario de actuaciones


Pruebas mes de noviembre de 2017
20/12/2017 Relación definitiva de aspirantes declarados aptos y exámenes correspondientes a dichas pruebas.
(Ver listados en el apartado Gestión,)
29/11/2017 Relación provisional de aspirantes declarados aptos
(Ver listados en el apartado Gestión,)
* Plazo para presentar reclamaciones: Del 29 de noviembre al 14 de diciembre de 2017
18/10/2017

Convocatoria de la prueba del mes de Noviembre
Resolución de 9 de octubre de 2017 (BOCM nº 248, de 18 de octubre) 

Fechas y lugar de celebración de las pruebas             
(Ver listados en el apartado Gestión,)             

17/10/2017 Relación definitiva de admitidos y excluidos
(Ver listados en el apartado Gestión,)
28/09/2017 Relación provisional de admitidos y excluidos
(Ver listados en el apartado Gestión,)
* Reclamaciones: Hasta el 13 de octubre de 2017.
12/09/2017 Relación de la composición del tribunal
Resolución de 29 de agosto de 2017 (BOCM nº 217, de 12 de septiembre)
(Ver listados en el apartado Gestión,)

* Se podrá consultar el calendario de actuaciones de las pruebas realizadas en el mes de mayo 2017, en el apartado Información relacionada

Plazos y efectos del silencio administrativo

PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio.

RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Calendario actuaciones anteriores convocatorias
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Guía de tramitación

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