Tramitación

Pago de tasas

Métodos de pago

Puedes pagar la tasa de dos maneras:

  • Por Internet: tarjeta bancaria (Visa y Mastercard), Bizum o cargo en cuenta.
  • En una entidad bancaria: descarga el modelo para realizar el pago en persona.
Tasa
  • Gas-Valor inversión hasta 3.005,06 Eur
  • Gas-Valor inversión desde 3.005,07 hasta 6.010,12 Eur
  • Gas-Valor inversión desde 6.010,13 hasta 30.050,61 Eur
  • Gas-Valor inversión desde 30.050,62 hasta 60.101,21 Eur
  • Gas-Valor inversión desde 60.101,22 hasta 120.202,42 Eur
  • Gas-Valor inversión desde 120.202,43 Eur. en adelante Eur

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Paga la tasa y guarda el justificante.
  3. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  4. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación
  1. Presentación de la solicitud de ejecución de instalaciones acompañada del proyecto anteriormente citado y del justificante de abono de tasas.
  2. Una vez analizado el proyecto con resultado favorable, la Dirección General de Industria, Energía y Minas emitirá la Resolución por la que se autoriza la ejecución de las instalaciones.
  3. Una vez ejecutado el proyecto se presentará la correspondiente solicitud de puesta en servicio de las instalaciones acompañada de la siguiente documentación:
    1. Certificado de inspección por EICI.
    2. Certificado final de obra firmado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio oficial.
    3. Certificados de pruebas de los elementos de la instalación.
  4. Una vez analizada toda la documentación anterior con resultado favorable, la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética emitirá la Resolución por la que se autoriza la puesta en servicio de las instalaciones.

Plazos y efectos del silencio administrativo

PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: destimatorio.

RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 21/10/2024
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