Descripción

  • Referencia
    43521
  • Descripción

    La interconexión de máquinas recreativas de tipo B en los establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar, en los salones de juego, en los casinos y en los locales específicos de apuestas, y la interconexión de máquinas tipo C en casinos, posibilita la obtención de premios acumulados o especiales. Requiere previa autorización del órgano competente en materia de ordenación y gestión del juego.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

  1. El sistema de interconexión deberá estar homologado e inscrito en el Registro del Juego de la Comunidad de Madrid, Sección de Material de Juego.
  2. Las máquinas interconectadas deberán disponer de sus correspondientes autorizaciones de explotación y comunicaciones de emplazamiento.
  3. Pago de la correspondiente tasa administrativa.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
  3. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  4. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  5. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  6. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

  1. En cada máquina interconectada tipo B se hará constar expresamente el premio máximo que se podrá obtener con la indicación de que éste no supondrá una disminución del porcentaje de premios de cada una de las máquinas interconectadas.
  2. En las máquinas tipo C, el importe máximo del premio especial que puede conseguirse se fijará en la autorización de interconexión y no podrá ser superior a la suma de los premios máximos del total de las máquinas interconectadas.
  3. Las máquinas C podrán, asimismo, interconectarse con la finalidad de otorgar premios adicionales que el jugador podrá recibir por el simple hecho de estar jugando en una de las máquinas interconectadas, independientemente de si obtiene alguna combinación ganadora y de la apuesta realizada. En estos casos, el premio podrá ser en especie, teniendo el jugador la opción de cambiarlos por el dinero de curso legal previamente anunciado.
  4. El importe del premio especial se señalará claramente y de forma visible dentro de la sala de juego así como en cada máquina interconectada.
  5. Modificación de la autorización de interconexión de máquinas.
  6. Las modificaciones sustanciales de las condiciones que determinaron la concesión de la autorización de la interconexión serán objeto de autorización previa. Se considerarán tales las que afecten al sistema técnico de interconexión, a los establecimientos donde se instalen y a los tipos y la cuantía del premio máximo a obtener.
  7. Las modificaciones no sustanciales serán comunicadas previamente al órgano competente en materia de ordenación y gestión del juego especificando el alcance de la modificación.

Si desea ampliar esta información puede hacerlo:

  1. Dirigiéndose a la C/ Ventura Rodríguez, 7, segunda planta. Madrid 28008.
  2. O a través del teléfono 91 580 30 89

Tramitación

La interconexión puede realizarse, tanto dentro del mismo establecimiento donde estén instaladas como entre establecimientos de la misma clase.

Una vez presentada la solicitud se analizará su contenido y la documentación que se acompaña, requiriendo al interesado su subsanación, en el supuesto de que faltase algún documento o requisito, en el plazo de diez días. Una vez analizada la documentación presentada podrá abrirse un período de prueba o solicitarse informes. Antes del trámite de audiencia, los interesados podrán realizar cuantas alegaciones consideren oportunas y presentar la documentación que estimen necesaria. Tras su estudio y el trámite de audiencia, en su caso, el órgano competente dictará la resolución que, conforme a derecho, corresponda.

La autorización contendrá todas las condiciones y circunstancias a las que habrá de sujetarse la misma. El incumplimiento de las mismas podrá conllevar la revocación de la autorización concedida.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
Dirección General de Seguridad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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