Descripción
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Referencia59372
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Descripción
Homologación de las acciones formativas cuyo reconocimiento habilite para ejercer funciones de director de centros de atención social en la Comunidad de Madrid.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Destinatarios:
Entidades titulares de las acciones formativas.
Obligaciones del titular de las acciones formativas homologadas:
- El titular de la acción formativa homologada, una vez impartida la misma, entregará a los asistentes que hayan cumplido con los requisitos de asistencia y evaluación previstos en cada caso, un Certificado de capacitación, en el que se hará constar:
- En el anverso: los datos identificativos de la persona a que se refiera, el titular de la acción formativa y la resolución administrativa de homologación de dicha acción.
- En el reverso: el número de curso, año de impartición, la duración en horas del curso y el contenido del programa impartido.
- En los casos de formación a distancia, el titular de la formación deberá emitir, e incorporar al expediente, las declaraciones responsables y listados recogidos en la normativa vigente.
El incumplimiento de los requisitos mínimos que dieron lugar a la homologación de la acción formativa, podrá dar lugar a la revocación de la misma, previa tramitación del correspondiente expediente justificativo.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento acreditativo de la representación legal que ostente el firmante de la solicitud.
- Proyecto de la acción formativa con los requisitos establecidos en el artículo 17 del Reglamento del Registro de Directores de Centros de Servicios Sociales de Iniciativa Privada de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 226/2003, de 6 de noviembre.
- En formaciones a distancia, memoria / declaración responsable* con descripción del sistema de formación (videoconferencia o aula virtual), y sistema de desarrollo, seguimiento y evaluación, conforme a lo dispuesto en la Resolución 2006/2022, de 10 de mayo, de la Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Copia del DNI/NIE del Representante
- Copia de la Tarjeta de identificación fiscal de la Entidad solicitante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Tramitación
- Una vez comprobados los contenidos de la acción formativa propuesta, en el plazo de dos meses desde la presentación de la solicitud de homologación, se emitirá la resolución correspondiente.
- La homologación de la acción formativa tendrá un período de validez de cinco años.
- Podrá solicitarse su renovación antes de la finalización de dicho plazo. La concesión de la renovación se sujetará a los mismos requisitos exigidos para la homologación y tendrá el mismo período de validez
Normativa
- Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 304, de 22 de diciembre de 2022)
- Decreto 226/2003, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Directores de Centros de Servicios Sociales de Iniciativa Privada de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 275 de 18 de noviembre).
- Resolución de 28 de agosto de 2012, por la que se aprueban los modelos de solicitud relacionados con la homologación de formación y el reconocimiento de las acciones formativas habilitantes para ejercer las funciones de Director de Centro de Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid y de solicitud de certificado de inscripción en el Registro de Directores de Centros de Servicios Sociales (BOCM nº 217, de 11 de septiembre)
- Resolución 2006/2022, de 10 de mayo, de la Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación, por la que se establecen los criterios que han de regir el régimen de homologación y reconocimiento de acciones formativas habilitantes para desarrollar las funciones de director de centros de servicios sociales realizadas a distancia (BOCM nº. 112, de 24 de mayo).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).