Descripción

  • Referencia
    13489
  • Descripción

    Verificar que se cumple en todas las Unidades Asistenciales de Radiología en centros sanitarios públicos y privados establecidos en la Comunidad de Madrid la obligación de disponer de Programas de Garantía de Calidad, que garanticen la protección de los pacientes, la calidad de las intervenciones radiológicas y la minimización y el control de los riesgos en estas instalaciones sanitarias.

  • Tasa
    Trámite sujeto a tasas

Destinatarios y/o requisitos

Las Unidades Asistenciales de Radiología deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Disponer de la autorización de funcionamiento en el centro sanitario que presenta el Programa de Garantía de Calidad. Si no dispone de ella, aportará copia de la solicitud de la misma.

2. Estar inscrita en el Registro de Instalaciones Radiactivas de segunda y tercera categoría como Instalación Radiológica Médica o en el Registro Nacional de Instalaciones de Rayos X  con fines de Diagnóstico Médico.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
  3. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  4. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  5. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  6. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Se podrá consultar más información sobre la tasa a abonar en la sección Documentación de interés.

Si desea ampliar esta información puede hacerlo:

  • Dirigiéndose a la Subdirección General de Autorización y Acreditación, Programas de Garantía de Calidad. C/ Espronceda, 24. 28003. Madrid.
  • A través del teléfono: 91 370 28 53.
  • O a través del correo electrónico:  calidad.pgc@salud.madrid.org

Documentación de interés

Tasa por Evaluación de Programa de Garantía de Calidad
Descargar
453.47 KB

Tramitación

Una vez presentado el Programa de Garantía de Calidad, los servicios sanitarios procederán a la evaluación del mismo y realizarán un informe cuyas conclusiones se transmitirán al titular de la instalación, comunicándole o bien que el Programa de Garantía de Calidad se encuentra pendiente de aceptación porque se han señalado medidas correctoras que deben subsanarse, o bien la Resolución de aceptación del Programa de Garantía de Calidad.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Viceconsejería de Sanidad
Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar