Última actualización: 20/06/2025

Descripción

  • Referencia
    L259
  • Descripción

    Las siguientes personas pueden solicitar un certificado sobre la vigencia de la autorización para la instalación de máquinas de juego en bares, cafeterías y otros establecimientos:

    • Personas propietarias del establecimiento de hostelería.
    • Nueva persona titular del establecimiento.
    • Empresa operadora o titular del establecimiento con una autorización para instalar máquinas recreativas y de juego en vigor.
  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Personas destinatarias

  1. Personas propietarias del establecimiento de hostelería.
  2. Nuevas personas titulares del establecimiento de hostelería.
  3. Empresa operadora o titular del establecimiento titular de la autorización para la instalación de máquinas.

Requisitos

  1. Acreditar la propiedad del inmueble o la vigencia del contrato de alquiler del establecimiento, en caso de no ser la persona titular de la autorización de instalación vigente.
  2. Pagar la tasa.

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Copia de la escritura de los poderes otorgados por la empresa para contraer obligaciones en su nombre, en caso de ser persona jurídica.
  2. Documento acreditativo de la representación, en su caso.
  3. Documento o título admitido en derecho que acredite el interés legítimo del solicitante (documento que acredite la propiedad o contrato de arrendamiento).
  4. Justificante de pago de la tasa administrativa (Modelo 030 - tasa 4669).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  • DNI o NIE

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud. 
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago. 
  3. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  4. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego
  • Dirección: Calle Ventura Rodríguez, 7. 28008 Madrid
  • Teléfono: 915803089
  • Correo electrónico: gestionjuego@madrid.org

Tramitación

Una vez presentada la solicitud se analizará su contenido y la documentación aportada.

Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a las personas solicitantes para que corrijan lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hacen, entenderemos que renuncian a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.

Si todo es correcto, emitiremos el certificado y se lo comunicaremos a las personas interesadas.

Plazo de respuesta

El plazo aproximado de respuesta es de 15 días hábiles (lunes a viernes, no festivos).

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Secretaría General Técnica de Medio Ambiente, Agricultura e Interior

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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