Descripción
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ReferenciaL85
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Descripción
Convocatoria para seleccionar nuevos colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid para implantar el Programa Bilingüe español-inglés.
Los centros seleccionados impartirán en inglés el área de Lengua Extranjera: Inglés, así como otras áreas curriculares, con la excepción de Matemáticas y Lengua Castellana y Literatura.
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Más información
Calendario de actuaciones
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14/03/2023Resolución de la convocatoria. Se abre plazo de presentación de recurso potestativo de reposición del 14 de marzo al 13 de abril de 2023
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 10/01/2023 Fecha de fin: 23/01/2023
Destinatarios
Colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid que no formen parte del programa.
Requisitos
- Contar con el apoyo mayoritario del Claustro y del Consejo Escolar.
- Contar con un número mínimo de maestros adscritos a puestos de Educación Primaria o a puestos de la especialidad de Lengua extranjera: Inglés
- que sean funcionarios de carrera con destino definitivo en el centro y
- que dispongan de las correspondientes habilitaciones lingüísticas para el desempeño de puestos bilingües.
- Proponer candidatos para ejercer la función de coordinador del programa en el centro.
- Presentar un proyecto de implantación del programa.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Propuesta de proyecto (Anexo II).
- Certificado de la aprobación por el Consejo Escolar del centro de la solicitud de participación en la convocatoria (Anexo III).
- Certificación de la aprobación por el Claustro de la solicitud de participación en la convocatoria (Anexo IV).
- Compromiso individual de participación en el Programa Bilingüe de maestros con destino definitivo y con habilitación lingüística (Anexo V).
- Relación de maestros propuestos por orden de preferencia por el Director del centro para ejercer la función de coordinador del programa (Anexo VI).
- Compromiso individual de participación en el Programa Bilingüe de Directores o Jefes de Estudios (Anexo VII).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Criterios de valoración
- Número de maestros con destino definitivo y con habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües que se comprometen a participar en el Programa Bilingüe: hasta 30 puntos.
- Nivel de inglés de los miembros del Equipo Directivo: hasta 10 puntos.
- Grado de aceptación de la comunidad educativa manifestado a través del apoyo recibido por parte del Claustro y del Consejo Escolar: hasta 30 puntos.
- Viabilidad del proyecto. Para ello se tendrá en cuenta la calidad del proyecto, la experiencia educativa del centro, las características de la plantilla de profesorado (profesorado especialista en Lengua Extranjera: Inglés y estar en posesión de la habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües), el compromiso individual de participación del equipo directivo, los recursos disponibles en el centro y el número de unidades y de alumnos: hasta 30 puntos.
Tramitación
Una vez recibidas las solicitudes de los centros, la Comisión de Selección, que podrá recabar de la Inspección Educativa los informes oportunos sobre los centros solicitantes, procederá a la baremación de las solicitudes, las valorará y elevará a la Consejería responsable en temas educativos la propuesta de Resolución, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de dos meses.
Normativa
- Corrección de errores de la Orden 3952/2022, de 28 de diciembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, para la selección de colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid en los que se llevará a cabo la implantación de la enseñanza bilingüe español-inglés en Educación Primaria en el curso 2023-2024 (BOCM nº 9, de 11 de enero de 2023).
- Orden 3952/2022, de 28 de octubre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, para la selección de Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid en los que se llevará a cabo la implantación de la enseñanza bilingüe español-inglés en Educación Primaria en el curso 2023-2024 (BOCM nº 7, de 9 de enero de 2023)
- Orden 5958/2010, de 7 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los colegios públicos bilingües de la Comunidad de Madrid.(BOCM nº 17, de 21 de enero)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).