Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Titulares de cotos privados de caza de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Comprometerse a utilizar la aplicación de Precinto Digital de Caza en los términos determinados en la resolución de autorización, tanto los titulares de los cotos como los cazadores autorizados.
- Realizar antes del 1 de agosto de 2027:
- Al menos un censo sobre la especie en las condiciones indicadas en la resolución de autorización, a través de la plataforma “Observatorio Cinegético”.
- Al menos 2 medidas de gestión y mejora de hábitat de entre las siguientes:
- Mantenimiento o promoción de márgenes con árboles o setos.
- Creación de franjas de barbecho con presencia de plantas ruderales en campos de cultivo.
- Siembra de cultivos adecuados a baja densidad.
- Mantenimiento de cultivos existentes sin cosechar.
- Clareo de arbustos y de claros forestales.
- Pastoreo del sotobosque con ganado o ungulados a bajas densidades.
- Restauración de bosques de ribera.
- Mantenimiento de la cubierta herbácea en cultivos leñosos.
- Alimentación suplementaria.
- Creación o adaptación de puntos de agua naturalizados.
Documentación
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- NIF o NIE.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Orden 2511/2026, de 25 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2026/2027 (BOCM nº 159, de 6 de julio).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta alguna información o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez subsanadas las solicitudes, comprobaremos los registros de cada acotado y los resultados de las memorias anuales de capturas. En función de esta información realizaremos el reparto del cupo regional de tórtola europea entre los cotos que cumplan los requisitos. Comunicaremos individualmente a cada acotado el cupo asignado.
Los cotos con cupo asignado podrán participar en jornadas de formación para el uso del precinto digital de caza, requisito indispensable para la utilización de dicho cupo de capturas.
Plazos y efectos del silencio administrativo
2 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 07/07/2026 Fecha de fin: 20/07/2026
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Contacto
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud