Última actualización: 12/03/2025

Descripción

  • Referencia
    L228
  • Descripción

    Las empresas operadoras pueden renunciar a la autorización de explotación de máquinas de juego y de azar durante su vigencia.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Personas destinatarias

Empresas operadoras titulares de una autorización de explotación de máquinas de juego y de azar.

Requisitos

  1. Estar inscrita en el Registro del Juego de la Comunidad de Madrid, Sección Empresas.
  2. Tener una autorización de explotación de máquinas de juego y de azar vigente.
  3. Pagar la tasa.
  4. Indicar en la solicitud:
    1. Datos de la empresa operadora.
    2. Datos de la persona representante, en su caso.
    3. Datos de las máquinas.

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en caso de que sea necesario.
  2. Justificante de pago de la tasa.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
  3. Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
  4. Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
  5. Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.

Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego
  • Dirección: Calle Ventura Rodríguez, 7. 28008 Madrid
  • Teléfono: 91 580 30 89
  • Correo electrónico: gestionjuego@madrid.org

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, se analizará su contenido y la documentación aportada.

Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la empresa solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.

Si todo es correcto, emitiremos la resolución de renuncia de la autorización y se lo comunicaremos a la empresa interesada.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Secretaría General Técnica de Medio Ambiente, Agricultura e Interior

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar