Descripción
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Referencia13668
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Descripción
Para la celebración de los espectáculos taurinos se debe solicitar, con una antelación mínima de 15 días, el informe de idoneidad de todo lo concerniente a la asistencia sanitaria para poder obtener la preceptiva autorización.
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TasaRequiere el pago de tasas
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
- Dirigiéndose al Servicio de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios en la C/ Espronceda, 24.
- O a través de los teléfonos: 91 370 28 98 / 90.
Tramitación
La Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria remite las notificaciones de idoneidad a la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112/Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación (Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas).
Normativa
- Real Decreto 1649/1997, de 31 de octubre, por el que se regulan las instalaciones sanitarias y los servicios médico - quirúrgicos en los espectáculos taurinos (BOE nº 271, de 12 de noviembre).
- Decreto 112/1996, de 25 de julio, de espectáculos taurinos populares, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares (BOCM nº 179, de 29 de julio).
- Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos (BOE nº 54, de 2 de marzo).
- Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos (BOE nº 82, de 5 de abril).
- Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado (BOE nº 295, de 10 de diciembre)
- Resolución de 8 de julio de 1992, de la Dirección General de Salud, sobre requisitos asistenciales a observar en todo tipo de espectáculos taurinos (BOCM de 21 de julio)
- Resolución de 3 de febrero de 1993, de la Dirección General de Salud, sobre requisitos asistenciales a observar en todo tipo de espectáculos taurinos (BOCM de 1 de marzo)
- Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de varios procedimientos administrativos (BOCM nº 20, de 25 de enero). Corrección de errores (BOCM nº 35, de 11 de febrero)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).