Última actualización: 13/06/2024

Descripción

  • Referencia
    80905
  • Descripción

    Antes del comienzo de cada trabajo con riesgo de exposición al amianto o cualquier material que lo contenga, la empresa que vaya a realizarlo está obligada a la presentación de un "Plan de trabajo con riesgo de amianto" que debe ser aprobado por la autoridad laboral competente, que en el caso de la Comunidad de Madrid es el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Empresas que vayan a realizar actividades u operaciones en las que los trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de amianto o de materiales que lo contengan.

Requisitos

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.

No se requiere documentación adicional a adjuntar con la solicitud.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite puedes contactar con:

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, la unidad de tramitación analiza la información aportada. Si no reúne la información necesaria, requerirá su subsanación en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos). Una vez completa la información, se emitirá resolución de aprobación, en su caso, que se enviará a la persona solicitante.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

45 días

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo , de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto

Recursos administrativos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Organismo Autónomo Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST)

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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