Descripción

  • Referencia
    L110
  • Descripción

    Obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid y en los centros privados concertados autorizados para la impartición de dicho currículo de la Comunidad de Madrid.

    Plazo de presentación de solicitudes:

    1. En caso de obtención de la acreditación por superación de pruebas: del 14 al 28 de marzo de 2023.
    2. En caso de obtención de la acreditación por estar en posesión de titulaciones o certificados: desde el 14 de marzo de 2023 hasta la publicación de una nueva convocatoria de acreditación.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

Destinatario

  1. Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria de Ia especialidad de inglés.
  2. Ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de Ia especialidad de inglés.
  3. Ser funcionario de carrera del cuerpo de Maestros de la especialidad de Lengua Extranjera: inglés y con destino definitivo en una plaza de inglés en institutos de Educación Secundaria.
  4. Ser integrante de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, en el ámbito de competencias de la Comunidad de Madrid, de la especialidad de Inglés, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en la fecha de publicación de la presente Resolución.

Requisitos

  1. Los indicados en el apartado de destinatarios.
  2. Acreditación de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios.
  3. Requisitos específicos:
    1. Integrantes de las listas de interinos de la especialidad de Inglés: Titulaciones para la especialidad de Inglés recogidos en el Anexo I de la Resolución de 28 de abril de 2022.
    2. Por estar en posesión de titulaciones específicas: Estar en posesión de las titulaciones oficiales universitarias que se recogen en el Anexo I de la convocatoria.
    3. Mediante la superación de una prueba de aptitud: No existen requisitos específicos adicionales.

Para información más detallada consulte el documento de Requisitos.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Titulación y documentación complementaria para la obtención de la acreditación, según Anexo I (en el caso de la acreditación por estar en posesión de titulaciones específicas).
  2. Documentación justificativa de los requisitos para funcionarios sin destino en el ámbito de la Comunidad de Madrid:
    1. Para los integrantes de listas de interinos, titulación que les permita ejercer por la especialidad de inglés.
    2. Para docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española, certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país.
  3. Documento de otorgamiento de la representación (en su caso).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI/NIE de la persona interesada.
  2. DNI/NIE de la persona representante.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para dudas o consultas, puedes ponerte en contacto a través del correo electrónico: inglesavanzado@madrid.org

Documentación de interés

Requisitos
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139.01 KB
Titulaciones (Anexo I)
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66.46 KB

Tramitación

Tramitación según el procedimiento de obtención de la Acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado:

Mediante la acreditación de estar en posesión de titulaciones específicas.

Al término de la vigencia de la presente convocatoria, mediante Resolución conjunta de las Direcciones Generales convocantes, se publicará el listado de los acreditados por este procedimiento.

Mediante la superación de una prueba de aptitud.

  1. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos dictarán resolución conjunta ordenando la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, especificando las causas de exclusión. Los interesados disponen de un plazo de diez días hábiles para poder subsanar sus solicitudes, a partir del día siguiente al de la publicación.
  2. Examinados los escritos presentados, se dictará resolución conjunta, aprobando las listas definitivas de admitidos y excluidos, especificando las causas de exclusión.
  3. El procedimiento para la obtención de la acreditación de Inglés Avanzado por superación de una prueba de aptitud será una prueba oral y consistirá en la presentación, durante un tiempo máximo de 15 minutos, de una unidad didáctica, cuya elaboración y defensa se realizará en inglés. Los candidatos recibirán la calificación de "apto" o "no apto".
  4. La fecha de inicio de celebración de la prueba, los centros en los que se celebrará la misma, la citación de los aspirantes y cuantas otras cuestiones se estimen oportunas a este respecto serán publicadas en el portal de la Comunidad de Madrid.
  5. Finalizado el desarrollo de las pruebas, las comisiones evaluadoras expondrán en el tablón de anuncios de las sedes la lista provisional de los candidatos que hayan superado el procedimiento, ordenada por orden alfabético.
  6. Contra esta lista provisional los interesados podrán presentar alegaciones, en la misma sede de la comisión evaluadora, en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su exposición. Las alegaciones deberán ir dirigidas al presidente de la comisión.
  7. Examinadas las alegaciones, las comisiones evaluadoras elevarán a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y a la Dirección General de Recursos Humanos, la lista definitiva de los candidatos que hayan superado el procedimiento.
  8. La lista definitiva de los candidatos que hayan superado el procedimiento será aprobada mediante resolución conjunta de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Recursos Humanos

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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