Acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los Institutos Bilingües (2021)
Finalizado
Referencia:
91173
Procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid.
· Plazo (Prueba de aptitud): Inicio: 12 de enero de 2021| Fin: 25 de enero de 2021. . Plazo (Titulaciones específicas): Inicio: 12 de enero de 2021 (hasta la publicación de una nueva convocatoria)
Acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los Institutos Bilingües (2021)
Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Inglés.
Ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Inglés.
Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros de la especialidad de Lengua Extranjera (Inglés) y con destino definitivo en una plaza de Inglés en Institutos de Educación Secundaria.
Ser integrantes de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, en el ámbito de competencias de la Comunidad de Madrid, de la especialidad de Inglés, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
Dado que los puestos para los que se solicita la acreditación, implican contacto habitual con menores, deberá acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado por estar en posesión de titulaciones específicas, además de cumplir con los requisitos anteriores, tienen que estar en posesión de titulaciones oficiales universitarias que se recogen en el Anexo I (Ver Sección Documentación de Interés).
Documentación
Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
Titulación y documentación complementaria para la obtención de la acreditación, según Anexo I
Documentación justificativa de los requisitos para funcionarios sin destino en el ámbito de la Comunidad de Madrid
Documento de otorgamiento de la representación
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
DNI/NIE del representante
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
Corrección de errores de la Resolución conjunta de 29 de diciembre de 2020, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de inglés avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 9, de 12 de enero de 2021)
Resolución conjunta de 29 de diciembre de 2020, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de inglés avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 8, de 11 de enero de 2021)
Orden 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejeria de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el Programa Bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 113, de 14 de mayo).
Órgano responsable
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Recursos Humanos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
Métodos de pago
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.