Evaluación y acreditación de competencias profesionales en las cualificaciones profesionales de Gestión de llamadas de Teleasistencia e Información Juvenil en el ámbito de la Comunidad de Madrid
Finalizado
Referencia:
89090
Procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o de vías no formales de formación en las cualificaciones profesionales SSC443_2 Gestión de llamadas de teleasistencia y SSC567_3 Información juvenil.
En el Anexo I se indican las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas, certificados de profesionalidad y títulos de formación profesional en los que están comprendidas (Ver apartado documentación de interés).
La presente actuación se encuentra financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciada por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación 2014-2020.
Evaluación y acreditación de competencias profesionales en las cualificaciones profesionales de Gestión de llamadas de Teleasistencia e Información Juvenil en el ámbito de la Comunidad de Madrid
Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.
Tener experiencia laboral y/o formación no formal relacionada con las cualificaciones profesionales convocadas:
En el caso de experiencia laboral. Se deberán justificar, al menos, 3 años de experiencia laboral, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de la publicación de la convocatoria.
En el caso de formación no formal. Se deberán justificar, al menos, 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de la publicación de la convocatoria.
Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral y/o formación no formal y no los puedan justificar podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, indicándolo de manera expresa mediante escrito adjunto a su solicitud, debiendo presentar justificación mediante alguna prueba admitida en derecho o declaración jurada, según lo establecido en el artículo 11, apartado 2, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
Para estudiar estos casos se designará a los asesores necesarios, que emitirán un informe sobre la conveniencia o no de la participación del aspirante en el procedimiento. Si el informe es positivo se procederá a la inscripción definitiva.
No podrán participar en el procedimiento las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Estar en posesión de un título de formación profesional, de un certificado de profesionalidad o de una acreditación parcial acumulable correspondiente a las cualificaciones profesionales en las que solicita su inscripción.
Estar participando en otra convocatoria de acreditación de competencias profesionales en las cualificaciones profesionales en las que solicita su participación, salvo que demuestren que han sido inadmitidos, excluidos o han presentado renuncia expresa a participar en dicha convocatoria.
Serán excluidas del procedimiento las personas que se encuentren en alguna de las situaciones indicadas, a partir del momento en que se tenga conocimiento de las circunstancias señaladas, salvo causa debidamente justificada.
600 plazas para la cualificación profesional SSC443_2 Gestión de llamadas de teleasistencia.
300 plazas para la cualificación profesional SSC567_3 Información juvenil.
El número de plazas podrá ser ampliado mediante resolución de la Directora General de Formación, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en función del número de participantes admitidos.
La ampliación de plazas será objeto de publicación en la página web de la Comunidad de Madrid y en los tablones de anuncios de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad.
Criterios de baremación:
Se podrá consultar en el apartado documentación de interés.
Tasas >
La liquidación de las tasas o acreditación de la exención y/o bonificación se realizará una vez publicados los listados definitivos de personas admitidas en el procedimiento.
El plazo para abonar las tasas o acreditar su exención y/o bonificación será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución por la que se aprueban los listados definitivos de personas admitidas en cada una de las cualificaciones profesionales convocadas.
Normativa
Orden de 25 de febrero de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en las cualificaciones profesionales de Gestión de llamadas de Teleasistencia e Información Juvenil en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 56, de 6 de marzo).
Órgano responsable
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Empleo
D. G. de Formación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
Métodos de pago
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Si eliges presentación presencial:
Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.