• Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    57849
  • Descripción

     

    Viviendas pertenecientes al Plan de Vivienda 2009-2012 de la Comunidad de Madrid en régimen de arrendamiento. En función de sus límites de superficie, precio máximo y requisitos de acceso, pueden ser: de Precio Básico y de Precio Limitado (puede consultar las características de cada tipología en el apartado de Información complementaria, más abajo).

Requisitos

 

. Ser mayor de edad o menor emancipado y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.

. De Precio Básico: Ingresos familiares que no excedan de 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
. De Precio Limitado: Ingresos familiares que no excedan de 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

 

. Ninguno de los miembros de la unidad familiar puede ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional, excepto cuando:

- El derecho recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda no superior al 50% y se haya adquirido la misma por título de herencia.
- No tenga adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar a causa de sentencia judicial de separación o divorcio.

 

Los requisitos se acreditarán a fecha de celebración del contrato de arrendamiento.

Información Complementaria

 

Características de la vivienda

 

De Precio Básico

. Superficie construida máxima de 150 m².
No obstante, la superficie máxima será de 110 m² construidos cuando se construya sobre suelo destinado a VPO, VPP de hasta 110 m² construidos, VPPB o VPP.
. Sujetas a renta máxima inicial anual del 5,5% del precio máximo de venta de dichas viviendas a la fecha de la celebración del contrato de arrendamiento. La renta inicial podrá actualizarse anualmente conforme a la evolución del IPC.
. La duración del régimen legal de protección pública es de 15 años a contar desde la fecha de la Calificación Definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria.

 

De Precio Limitado

. Superficie construida máxima de 150 m².
. Sujetas a renta máxima inicial anual del 5,5% del precio máximo de venta de dichas viviendas a la fecha de la celebración del contrato de arrendamiento. La renta inicial podrá actualizarse anualmente conforme a la evolución del IPC.
. La duración del régimen legal de protección pública es de 15 años a contar desde la fecha de la Calificación Definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria.

 

Obligaciones y otra información

 

De Precio Básico y Limitado

· Que la vivienda se destine a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales.
· Los arrendatarios de la vivienda deberán proceder a su ocupación en el plazo máximo de 3 meses desde la entrega de la misma.
· Para realizar obras o reformas deberá obtenerse autorización de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.
· Las viviendas deberán entregarse con la cocina amueblada: frente de mayor longitud amueblado e instalación de cocina, horno, fregadero y campana extractora.
· El subarriendo total o parcial de la vivienda dará lugar a la resolución del contrato.
· El contrato se celebra al amparo de la Ley de Arrendamientos Urbanos y se somete al régimen jurídico previsto en la misma, salvo las especificaciones del régimen de protección pública de la vivienda.

 

Para ampliar la información pinche en los siguientes enlaces:

Plan de Vivienda 2009-2012

Viviendas con Protección Pública para arrendamiento
 

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Dirección General de Vivienda y Rehabilitación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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