Descripción

  • Referencia
    77620
  • Descripción

    Procedimiento para proceder a la renuncia voluntaria y entrega de llaves del local, vivienda y, en su caso, plaza de garaje y trasteros, adjudicados por el extinto Instituto de la Vivienda de Madrid, hoy Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, mediante contrato de arrendamiento suscrito a tal fin. Con este procedimiento el titular renuncia a todos los derechos que pudiera ostentar sobre dichos inmuebles.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información sobre tramitación electrónica en la Guía de Administración Electrónica.

Información Complementaria

Para más información sobre renuncia de inmuebles de la Agencia de Vivienda Social, puede solicitar información en los siguientes teléfonos:

  • Viviendas: 91 420 62 88
  • Locales: 91 580 91 68
  • Garajes no vinculados a viviendas: 91 580 91 77

Tramitación

La renuncia ha de efectuarse mediante comparecencia ante Funcionario Público, sirviendo el documento denominado “Solicitud de renuncia de inmuebles” como comunicación previa a la Administración para efectuar dicha renuncia que se hará, bien de manera presencial, bien mediante recogida de la misma en el propio domicilio. En todo caso, y de contar con ellas, en ese mismo acto se hará entrega de las llaves del inmueble, finalizando la facturación de la cuenta de alquiler de la vivienda con esa misma fecha.

Comparecencia de Renuncia 

  1. Presencial:

    En la sede de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid C/ Basílica 23 (28020 Madrid) de lunes a viernes, de 9 a 14 horas. Teléfono: 91 580 91 00.

  2. En domicilio (para viviendas):

    Concertando cita previa con el Área de Inspección de la Agencia de Vivienda Social para que se recoja la renuncia del titular en el propio domicilio, con entrega de llaves, debiendo contactar telefónicamente para dicho trámite en alguno de los siguientes teléfonos: 91 420 61 71 y 91 420 62 88.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
Organismo autónomo Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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