Última actualización: 03/05/2024

Descripción

  • Referencia
    S11
  • Descripción

    Renovación de la plaza concedida en uno de los comedores sociales de la Red Abierta de Comedores Sociales de la Comunidad de Madrid adscritos a la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS).

    Si no solicitas la renovación en los plazos establecidos, perderás tu derecho a seguir ocupando la plaza.

Destinatarios

Personas usuarias de comedores sociales de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  1. Tener 18 años o más (ser mayor de edad). Los menores de edad podrán usar el servicio como parte de la unidad familiar.
  2. Estar empadronado/a en algún municipio de la Comunidad de Madrid.
  3. No tener unos ingresos que superen 1,15 veces el valor del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Por ejemplo, si el valor del IPREM anual fue de 7200 euros cumplirías este requisito si tus ingresos son inferiores a 8280 euros al año. 
  4. Contar con informe favorable de la dirección del comedor social donde tienes plaza.
  5. Solicitar la renovación en los siguientes plazos:
    • Si la concesión dura un año, al menos un mes antes de que acabe.
    • Si la concesión dura 3 meses, al menos 15 días hábiles (de lunes a viernes no festivos) antes de que acabe.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Documento de identidad distinto de NIF o NIE de todos los solicitantes
  2. Documento de identidad distinto de NIF o NIE del representante en vigor, en su caso
  3. Libro de familia (sólo para unidades de convivencia)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF o NIE de los solicitantes en vigor
  2. NIF o NIE del representante en vigor, en su caso
  3. Certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad de convivencia
  4. Certificado de ingresos del año en curso (pensión o pensiones percibidas tanto públicas como privadas, subsidio de desempleo, Renta Mínima de Inserción, etc.).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Datos de renta

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Recuerda que el periodo de concesión de la plaza empieza a contar desde la fecha en la que te incorporas realmente al comedor. En ese momento, firmas un documento en el que se indica la fecha.

 Si tienes dudas sobre este trámite, escribe a este correo electrónico: comedoressocialesdgss@madrid.org

 

Documentación de interés

Listado de Comedores
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Tramitación

Una vez comprobada toda la documentación y el informe, emitiremos una resolución en el plazo de un mes desde la presentación de la solicitud. En la resolución indicaremos, de forma motivada, una de las siguientes decisiones:

  1. No se acepta la solicitud por haber incumplido algunos de los requisitos y/o porque el informe de la persona responsable del comedor era desfavorable.
  2. Se concede la renovación solicitada por un año adicional o por períodos trimestrales.

Ten en cuenta que no se renovarán aquellas plazas que se concedieron por 3 meses cuando:

  • Existan solicitudes de personas que acrediten ingresos inferiores al 1,15 del IPREM o al índice que indique la dirección general responsable; y
  • No existan plazas disponibles en ninguno de los comedores sociales.

Los criterios para denegar la renovación de la plaza, por orden de prioridad, son: 

  1. Ingresos: los usuarios cuya cantidad de ingresos sea más elevada.
  2. Antigüedad: los usuarios que lleven usando la plaza de comedor durante más tiempo. 

Si has solicitado la renovación en los plazos señalados, podrás seguir utilizando los servicios del comedor hasta que recibas la notificación con la resolución.

Si no solicitas la renovación en los plazos establecidos, perderás tu derecho a seguir ocupando la plaza.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

1 mes

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Servicios Sociales e Integración

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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