Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. Si eliges presentación electrónica:
    1. Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    2. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
  5. Si eliges presentación presencial:
    1. Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
    2. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez comprobada toda la documentación y el informe, emitiremos una resolución en el plazo de un mes desde la presentación de la solicitud. En la resolución indicaremos, de forma motivada, una de las siguientes decisiones:

  1. No se acepta la solicitud por haber incumplido algunos de los requisitos y/o porque el informe de la persona responsable del comedor era desfavorable.
  2. Se concede la renovación solicitada por un año adicional o por períodos trimestrales.

Ten en cuenta que no se renovarán aquellas plazas que se concedieron por 3 meses cuando:

  • Existan solicitudes de personas que acrediten ingresos inferiores al 1,15 del IPREM o al índice que indique la dirección general responsable; y
  • No existan plazas disponibles en ninguno de los comedores sociales.

Los criterios para denegar la renovación de la plaza, por orden de prioridad, son: 

  1. Ingresos: los usuarios cuya cantidad de ingresos sea más elevada.
  2. Antigüedad: los usuarios que lleven usando la plaza de comedor durante más tiempo. 

Si has solicitado la renovación en los plazos señalados, podrás seguir utilizando los servicios del comedor hasta que recibas la notificación con la resolución.

Si no solicitas la renovación en los plazos establecidos, perderás tu derecho a seguir ocupando la plaza.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

1 mes

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Listado de Comedores
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Contacto

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 29/07/2025
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