Información
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Requisitos
Podrán presentar solicitud todas las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan capacidad jurídica y de obrar.
Información adicional
Para más información dispone de los siguientes canales:
- Información de Vivienda
- Teléfono: 012, opción vivienda, Plan Aparca.
- Correo electrónico: elecgaraje.agenciavivienda@madrid.org
- Red de Oficinas de Vivienda de la Comunidad de Madrid.
Una vez recibida la solicitud, la Agencia de Vivienda Social contactará con usted para requerirle la documentación necesaria para la firma del contrato de compraventa. Como documentación complementaria, se pone a disposición de los interesados el dossier descriptivo de las características físicas y jurídicas de las plazas de garaje, escritura o certificación de declaración de Obra Nueva y Propiedad Horizontal de la promoción, notas simples, certificaciones catastrales, calificación, licencias, planos, fotos, etc…). Este dossier tiene carácter informativo, no revistiendo naturaleza contractual, y se puede acceder al mismo, en la ficha correspondiente que aparece para cada plaza de garaje del listado.
Normativa
- Resolución 3116/2018, de 9 de octubre, de la Directora-Gerente de la Agencia de Vivienda Social, por la que se publica el modelo de solicitud del procedimiento denominado “Solicitud de plaza de garaje-Plan Aparca de la Agencia de Vivienda Social” (BOCM nº 256, de 26 de octubre).
- Acuerdo del Consejo de Administración, de 17 de diciembre de 2014, por el que se desarrolla el régimen de adjudicación de plazas de garaje no vinculadas titularidad del IVIMA.
- Decreto 74/1985, de 17 de julio por el que se regula el régimen de adjudicación de los locales comerciales, plazas de aparcamiento y edificaciones complementarias de los que es titular el Instituto de la Vivienda de Madrid (BOCM de 30 de Julio de 1985).
Órgano responsable
- Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
- Organismo autónomo Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud se dará traslado de la misma al Servicio de locales y garajes.
Se procederá a su adjudicación atendiendo al orden de presentación de las solicitudes y siguiendo el procedimiento establecido en la Resolución por la que se aprueba cada procedimiento de enajenación directa.
Contacto y ayuda
Contacto
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud