Información
Información
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Cualquier persona física o jurídica, asociaciones, organizaciones, empresas, administraciones públicas, otras instituciones, etc.
Requisitos
No es necesario cumplir ningún requisito ni declarar ningún interés determinado.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar los formularios de solicitud.
- Documentación. No es necesario adjuntar ninguna documentación.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Para dudas y consultas, puedes contactar a través de:
- Teléfono: 901 525 525 / 91 438 29 36.
- Correo electrónico: info.ambiental@madrid.org
Normativa
- Ley 10/2019, de 10 de abril, de transparencia y participación de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 94, de 22 de abril)
- Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) (BOE nº 171, de 19 de julio).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Secretaría General Técnica de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, puedes hacerlo de dos maneras:
- Sin necesidad de certificado digital o de cualquier otro sistema de identificación.
- Con uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez recibida y evaluada la solicitud se contestará lo antes posible dentro del plazo establecido. En el caso de que esté formulada de manera imprecisa, se podrá requerir al solicitante que la concrete.
Si no se dispone de la información, en la medida de lo posible se le indicará dónde dirigirse para obtenerla. Se podrá denegar el acceso a la información ambiental cuando se den algunas de las excepciones contempladas en la Ley, indicándose los motivos en la respuesta.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Un mes (ampliable a dos meses en algunos supuestos)
Contacto y ayuda
Contacto
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud