Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada. Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, se entenderemos que ha desistido de su petición.

Una vez completada la solicitud, la dirección general competente en materia de función pública emitirá la resolución de concesión o denegación de la ayuda social.

La resolución con el listado definitivo de personas beneficiarias y la cuantía que les corresponde se publicará durante el primer trimestre del año natural siguiente al de presentación de las solicitudes. En ella se indicará únicamente el número de expediente asignado a la solicitud y la cuantía concedida.

El abono de la ayuda social se realizará por la Consejería u Organismo a la que se encuentre adscrito el empleado en el momento de hacer efectivo el pago en nómina, siempre que se mantenga la misma vinculación jurídica que en el momento de presentación de la solicitud. En caso de que la vinculación jurídica fuera distinta o se hubiese extinguido la relación laboral, se procederá al abono por la Consejería u Organismo al que estaba adscrito el empleado en el momento de presentación de dicha solicitud o de la extinción.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden XXX de XXXX de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se regulan los requisitos, criterios y procedimientos para la concesión de las ayudas sociales contempladas en el Convenio Colectivo Único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028) y en el Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de la administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028).

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar:

  • Una demanda ante el juzgado de lo social en caso de personal laboral. Su presentación se debe realizar en el plazo de 2 meses desde el día siguiente al que recibas la resolución o al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
  • Un recurso de alzada en caso de personal funcionario o eventual. Su presentación se debe realizar en los siguientes plazos:
    • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
    • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Relación de importes individualizados para la distribución del fondo de acción social correspondiente al año 2024
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Contacto

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 19/12/2025
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