Información
Personas destinatarias
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
Requisitos
- Tener al menos una persona trabajadora por cuenta ajena.
- Tener actividad económica y centros de trabajo en la Comunidad de Madrid.
- No haber sido sancionadas con carácter firme por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, en el plazo de los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Poder de representación.
- Documentación acreditativa del número de trabajadores de la empresa.
- Memoria explicativa de la buena práctica.
- Documentación adjunta a la memoria explicativa.
- Documentación en materia de seguridad y salud laboral (solo en caso de personas físicas o jurídicas con trabajadores por cuenta ajena).
- Declaración responsable del tipo de modalidad para la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas.
- Declaración responsable de haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Documento nacional de identidad del solicitante o, en su caso, del representante de la sociedad o persona autorizada (sociedad o empresa o entidad).
- Número de identificación fiscal de la sociedad (sociedad o empresa o entidad).
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Orden de 8 de abril de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba la novena convocatoria de los Reconocimientos y las Menciones en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid correspondiente al año 2026 (BOCM nº 92, de 20 de abril).
- Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crean los Reconocimientos y las Menciones a la Responsabilidad Social en el Empleo y en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 225, de 21 de septiembre).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Organismo Autónomo Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST)
- Consejo de Administración del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST)
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona interesada para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición y archivaremos el expediente.
A continuación, un jurado calificador evaluará las solicitudes y propondrá la concesión de los premios a las mejores candidaturas. El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo elevará la propuesta de resolución a la persona titular de la consejería competente, que resolverá la convocatoria mediante una orden.
Otorgaremos un primer premio y dos menciones del Jurado a quienes resulten finalistas por cada una de las categorías siguientes:
- Empresas o entidades con una plantilla hasta 50 trabajadores.
- Empresas o entidades con una plantilla de más de 50 trabajadores.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 21/04/2026 Fecha de fin: 22/06/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Cultura Preventiva
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud