Información
Personas destinatarias
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan al menos un trabajador por cuenta ajena, con actividad económica en la Comunidad Autónoma de Madrid y en centros de trabajo situados en su ámbito territorial.
En ningún caso pueden serlo aquellos que hayan sido sancionados, con carácter firme, por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, en el plazo de los cinco años anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria.
Requisitos
Pueden ser objeto de los Reconocimientos en Prevención de Riesgos Laborales, las buenas prácticas preventivas entendidas como tales cualquier actuación, acción o medida desarrollada con un beneficio tangible en la seguridad y salud laboral.
Esta edición está dirigida a las buenas prácticas en la gestión de los riesgos psicosociales en los entornos de trabajo.
Se consideran temas prioritarios los siguientes:
- Actuaciones específicas relativas a las prácticas de gestión de riesgos psicosociales: Identificación y evaluación, planificación de la actividad preventiva, intervención psicosocial, evaluación, seguimiento y control.
- Actuaciones específicas relativas a intervenciones sobre el acoso y violencia en el trabajo: prevención e intervención, gestión de conflictos, procedimientos y protocolos.
- Actuaciones específicas de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a riesgos psicosociales.
- Actuaciones específicas de programas de apoyo al empleado en salud mental.
- Actuaciones específicas de planes de gestión del tecnoestrés: políticas y medidas de gestión de la fatiga y desconexión digital, protocolos, formación, información y sensibilización.
Documentación
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Poder de representación.
- Documentación acreditativa del número de trabajadores de la empresa.
- Memoria explicativa de las buenas prácticas preventivas desarrolladas.
- Documentación adjunta a la memoria explicativa.
- Declaración responsable del tipo de modalidad para la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas.
- Declaración responsable de haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Documento nacional de identidad del solicitante o, en su caso, del representante de la sociedad o persona autorizada. (sociedad/empresa/entidad).
- Número de identificación fiscal de la sociedad. (sociedad/empresa/entidad).
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Documento nacional de identidad del solicitante o, en su caso, del representante de la sociedad o persona autorizada. (sociedad/empresa/entidad).
- Número de identificación fiscal de la sociedad. (sociedad/empresa/entidad).
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Orden de 16 de julio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba la séptima convocatoria de los Reconocimientos y las Menciones en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid correspondiente al año 2024 (BOCM nº 183, de 2 de agosto)
- Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crean los Reconocimientos y las Menciones a la Responsabilidad Social en el Empleo y en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 225, de 21 de septiembre).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Organismo Autónomo Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST)
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva .
Las candidaturas serán evaluadas por el Jurado Calificador nombrado. Su propuesta de resolución se elevará, a través del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, al Consejero competente en la materia que resolverá la convocatoria mediante Orden.
Se otorgará, entre todos los solicitantes que concurran y cumplan las condiciones exigidas en las correspondientes bases o convocatorias, un primer premio y dos menciones del Jurado a quienes resulten finalistas por cada una de las categorías siguientes:
- Empresas o entidades con una plantilla hasta 50 trabajadores.
- Empresas o entidades con una plantilla de más de 50 trabajadores.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 05/08/2024 Fecha de fin: 05/12/2024
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud