Última actuación
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27/11/2025Resolución de la convocatoria
Puedes presentar recurso de reposición del 28 de noviembre al 29 de diciembre de 2025 frente a la Dirección General de Juventud.
Información
Personas destinatarias
Pueden proponer candidaturas las propias personas interesadas o cualquier otra persona física.
Requisitos
- Presentar a una persona candidata que cumpla los siguientes requisitos:
- Tener una edad comprendida entre los 14 y 30 años, ambos incluidos.
- Ser titular del Carné Joven Comunidad de Madrid.
- Tener su domicilio en la Comunidad de Madrid.
- No presentar dos candidaturas en la misma modalidad.
- Una misma persona puede presentarse o ser propuesta a dos o más modalidades con la misma candidatura. En este caso, el Jurado decidirá la modalidad más acorde con la candidatura.
- Entregar junto a la solicitud una Memoria con las siguientes características:
- Estar elaborada siguiendo las indicaciones del modelo disponible.
- Reflejar, como mínimo, los méritos en que se fundamente la solicitud.
- Ir acompañada de cualquier tipo de documento que acredite cada uno de los méritos alegados y, opcionalmente, de los apoyos a la candidatura, tanto de personas físicas como jurídicas, que serán libremente valorados por el jurado atendiendo a su relevancia.
- La Memoria y sus documentos y material complementario no pueden superar las 5 páginas.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Memoria individualizada.
- Documentación que acredite cada uno de los méritos alegados.
- Apoyos a la candidatura.
- Otros documentos justificativos de la pretensión de acceder a estos premios.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE del candidato.
- En su caso, NIF o NIE del representante.
- En su caso, NIF o NIE del promotor.
- Volante de empadronamiento.
- Justificante de ser titular del Carné Joven Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
El importe total de la subvención es de 60.000 euros.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Coordinación y Cooperación Juvenil
- Calle General Diaz Porlier, número 35, 28001, Madrid
- Correo electrónico: programa.carnejoven@madrid.org
- Teléfono: 915437412
Normativa
- Extracto de la Orden 2036/2025, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid correspondientes al año 2025 (BOCM nº 167, de 15 de julio).
- Orden 1339/2021, de 14 de mayo, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los Premios Talento JovenCarné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 126, de 28 de mayo).
- Orden 3279/2019, de 19 de noviembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 287, de 3 de diciembre).
- Orden 782/2018, de 9 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 172, de 20 de julio).
- Orden 1089/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 100, de 28 de abril).
- Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 259, de 31 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Juventud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Si la documentación aportada está incompleta o tiene cualquier otro defecto te pediremos que la subsanes (corrijas) o que aportes los documentos necesarios en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos).
Instruido el procedimiento, trasladaremos al Jurado las distintas candidaturas.
El jurado, una vez seleccionados los ganadores, elevará propuesta a la consejería competente en materia de juventud que resolverá mediante orden la concesión o denegación de los premios. El fallo del jurado será inapelable.
Plazos y efectos del silencio administrativo
4 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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27/11/2025Resolución de la convocatoria
Puedes presentar recurso de reposición del 28 de noviembre al 29 de diciembre de 2025 frente a la Dirección General de Juventud.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 16/07/2025 Fecha de fin: 18/08/2025
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud