Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. Si eliges presentación electrónica:
    1. Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    2. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
  5. Si eliges presentación presencial:
    1. Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
    2. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.

El plazo para presentar esta solicitud se abre el 06/05/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.

Consulta el estado y evolución

Publicaremos las novedades de la convocatoria en el calendario de actuaciones de este trámite. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te informemos de cada publicación si te has suscrito a este servicio.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona proponente para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición y archivaremos el expediente.

A continuación, un jurado previamente designado evaluará las solicitudes conforme a los siguientes criterios:

  1. Originalidad e innovación de la actuación: hasta 10 puntos.
  2. Impacto social, cultural, económico o comunitario en el municipio: hasta 25 puntos.
  3. Participación ciudadana y grado de implicación local: hasta 15 puntos.
  4. Resultados obtenidos y alcance de la iniciativa: hasta 15 puntos.
  5. Continuidad o sostenibilidad del proyecto: hasta 15 puntos.
  6. Contribución al desarrollo local y a la mejora de la calidad de vida en el municipio: hasta 20 puntos.

Las iniciativas deberán obtener una puntuación mínima de 50 puntos para poder resultar premiadas. La puntuación máxima será de 100 puntos.

En caso de empate, se priorizará la iniciativa con mayor puntuación en el criterio 2. Si el empate persiste, se atenderá sucesivamente a la mayor puntuación obtenida en los criterios 1 y 6.

El jurado propondrá la concesión de los premios a las mejores candidaturas y elevará su propuesta a la persona titular de la consejería competente para que resuelva mediante orden la concesión de los premios.

La orden de concesión se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

La entrega de los premios se realizará en un acto institucional público. El premio será una estatuilla conmemorativa y una cesta de productos de la Comunidad de Madrid para los ganadores.

El premio tendrá la naturaleza de subvención en especie, consistente en la entrega de bienes de carácter no dinerario. En ningún caso podrá sustituirse por su equivalente en metálico ni generar derecho a compensación económica alguna.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:

  • Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:

  • Recurso de reposición en cualquier momento.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 06/05/2026 Fecha de fin: 04/06/2026

Contacto y ayuda

Contacto

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 05/05/2026
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