Información y documentación
Personas destinatarias
Alumnado que ha finalizado un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior en el curso escolar 2025-2026.
Requisitos
- Haber cursado en centros docentes españoles, en las modalidades presencial, semipresencial o virtual, tanto en régimen general como intensivo, un ciclo formativo de grado superior incluido en el catálogo de títulos vigentes de Formación Profesional.
- Haber finalizado esta etapa educativa en un centro docente público, privado concertado o privado de la Comunidad de Madrid en el curso escolar 2025-2026.
- Haber obtenido una calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50 puntos. La calificación se calcula como la media aritmética de las calificaciones de los módulos profesionales que tienen valoración numérica, aproximada a las centésimas. En caso de redondeo, si la cifra de las milésimas es igual o superior a 5, se aumentarán las centésimas en uno, permaneciendo sin cambios en caso contrario.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Aceptar las bases de la convocatoria para participar en la prueba.
- Presentar la solicitud firmada por una de las siguientes personas:
- Por el propio alumnado si es mayor de edad, es decir, tiene 18 años o más.
- Por una de las personas progenitoras o tutoras legales, si no es mayor de edad.
- Indicar en la solicitud:
- Los datos de la persona participante. Se recomienda incluir el teléfono y correo electrónico por si tenemos que contactar.
- Los datos del centro educativo en el que cursa el ciclo por el que participa.
- El nombre del ciclo y de la familia a la que pertenece.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificación académica personal del centro en el que terminó sus estudios, a efectos de la participación en la convocatoria, con indicación expresa de la nota media o calificación final del ciclo formativo.
- Copia del Pasaporte (únicamente en caso de no disponer de DNI o documento de identificación de extranjero en el que figure el NIE).
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI o Documento de identificación de extranjero donde conste el NIE.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 1944/2026, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior de la Comunidad de Madrid correspondientes al curso académico 2025-2026 (BOCM nº 146, de 22 de junio).
- Orden 3308/2021, de 5 de noviembre, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se modifican diversas órdenes por las que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Bachillerato, de Enseñanzas Artísticas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, de Danza y de Música y de Formación Profesional de Grado Superior, con objeto de actualizar la redacción de la forma de presentación de las solicitudes de participación en dichos premios por parte de los interesados (BOCM nº 275, de 18 de noviembre).
- Orden 1185/2016, de 15 de abril, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifican diversas bases reguladoras de subvenciones sujetas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para su adaptación a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa (BOCM nº 95, de 22 de abril).
- Orden 965/2013, de 25 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOCM nº 82 de 8 de abril).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 23/06/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
17 de julio:
- Publicación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con la causa de exclusión.
- Plazo de 2 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) a partir del día siguiente al de la publicación para subsanar los errores u omisiones detectados en la lista.
4 de septiembre:
- Publicación de la relación definitiva de alumnado admitido y excluido.
9 de septiembre:
- Publicación de la resolución provisional de personas premiadas.
- Plazo de 2 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos), a partir del día siguiente al de la publicación para subsanar los errores u omisiones detectados en la lista.
21 de septiembre:
- Publicación de la resolución definitiva.
Antes de diciembre de 2026:
- Publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de la orden de concesión.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 23/06/2026 Fecha de fin: 01/07/2026
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Contacto
Subdirección General de Bilingüismo
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud