Descripción
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ReferenciaP53
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Descripción
Se convocan 25 Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid correspondientes al curso académico 2023-2024, para reconocer los méritos basados en el esfuerzo y el trabajo de los alumnos que cursan Bachillerato con excelente rendimiento académico.
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Más información
Calendario de actuaciones
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02/10/2024Resolución definitiva de concesión y denegación
Contra esta orden puedes presentar recurso potestativo de reposición del 1 al 31 de octubre de 2024.
Orden 4103/2024, de 13 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades
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12/07/2024Propuesta de resolución definitiva de concesión y denegación
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05/07/2024Propuesta de resolución provisional de concesión y denegación. Se abre plazo de solicitud de corrección de errores del 8 al 9 de julio de 2024
La solicitud de corrección de errores se realizará por registro mediante el formulario habilitado en este portal, e irá dirigida a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza. Una vez cursada su solicitud, y a los únicos efectos de agilización del procedimiento, se podrá adelantar por correo electrónico a la dirección certamenesypremios@educa.madrid.org
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28/06/2024Calificaciones finales definitivas
Se publican las calificaciones finales definitivas en la página web de las DAT
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20/06/2024Calificaciones finales provisionales. Se abre plazo de reclamaciones del 21 al 24 de junio de 2024
La solicitud de subsanación se realizará por registro mediante el formulario habilitado e irá dirigida a la Dirección de Área Territorial correspondiente. Para agilizar el procedimiento, la reclamación, una vez presentada a la DAT correspondiente, se podrá adelantar al correo electrónico que la DAT indique en Premios extraordinarios de bachillerato. Información de las DAT sobre las pruebas-
Destinatarios
Alumnado que haya cursado y superado en centros educativos españoles todos los cursos que conforman cualquiera de las modalidades de Bachillerato, y que lo haya finalizado en el curso académico 2023-2024 en un centro educativo de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Haber obtenido el Título de Bachiller con todas las materias de la etapa superadas en la evaluación final ordinaria en el curso 2023-2024.
- Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos de las calificaciones obtenidas en los cursos de cualquiera de las modalidades de Bachillerato. Esta nota será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en las materias comunes, específicas de modalidad y optativas cursadas y superadas, de todos los cursos de Bachillerato, que hayan dado lugar a un itinerario válido.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Certificación académica personal en la que se indique expresamente la nota media o calificación final obtenida.
- Copia del Pasaporte (únicamente en caso de no disponer de DNI o documento de identificación de extranjero en el que figure el NIE).
- Si presenta discapacidad que necesita adaptación para la realización de las pruebas debe aportar:
- Certificado o resolución del grado de discapacidad emitido por el órgano oficial competente de una Comunidad Autónoma distinta de la Comunidad de Madrid.
- Informe del orientador/servicio de orientación indicando las adaptaciones que se necesitan.
- Dictamen técnico-facultativo.
- Si ha tenido adaptación curricular en Bachillerato y la solicita para la realización de las pruebas debe aportar:
- Informe del orientador/servicio de orientación indicando las adaptaciones que se necesitan.
- Dictamen técnico-facultativo.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI/Documento de identificación de extranjero donde conste el NIE.
- Certificado de discapacidad en caso de tenerla acreditada ante la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Documentación de interés
Tramitación
- 29 de mayo: publicación de la relación provisional de alumnos admitidos y excluidos en el apartado dedicado a estos premios en la página web de las Direcciones de Área Territorial. En el caso de los excluidos figurará la causa que motiva su exclusión y se habilitará un plazo de dos días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de las listas, con el fin de que los interesados soliciten la subsanación de los errores u omisiones encontrados en la relación provisional.
- 7 de junio: publicación de la relación definitiva de alumnos admitidos y excluidos en el apartado dedicado a estos premios en la página web de las Direcciones de Área Territorial. Este día también se publicará la ubicación de las sedes donde se celebrarán las pruebas, la fecha y la hora a la que deberán presentarse los alumnos, el horario de desarrollo de los ejercicios, la documentación y el material de los que, en su caso, hayan de ir provistos.
- La prueba, que será única para toda la Comunidad de Madrid, se celebrará en todas las sedes que se fijen para su realización a la misma hora.
Normativa
- Extracto de la Orden 1991/2024, de 26 de abril, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid, correspondientes al año académico 2023-2024 (BOCM nº 113, de 13 de mayo).
- Orden 1991/2024, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2023-2024.
- Orden 589/2024, de 4 de marzo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 783/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Bachillerato derivados de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOCM nº 67, de 19 de marzo).
- Orden 3308/2021, de 5 de noviembre, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se modifican diversas órdenes por las que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Bachillerato, de Enseñanzas Artísticas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, de Danza y de Música y de Formación Profesional de Grado Superior, con objeto de actualizar la redacción de la forma de presentación de las solicitudes de participación en dichos premios por parte de los interesados. (BOCM nº 275, de 18 de noviembre).
- Orden 1185/2016, de 15 de abril, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifican diversas bases reguladoras de subvenciones sujetas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para su adaptación a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa (BOCM nº 95, de 22 de abril).
- Orden 965/2013, de 25 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOCM de 8 de abril de 2013).
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).