Información y documentación
Personas destinatarias
Centros educativos de la Comunidad de Madrid, públicos, privados y privados concertados que imparten uno o varios de los siguientes niveles de enseñanza:
- Educación Infantil.
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria.
Requisitos
- Contar con un coro formado por un mínimo de 16 participantes y un máximo de 40 de acuerdo con la siguiente distribución:
- Modalidad A:
- El 90 por ciento de sus miembros como mínimo debe ser alumnado del centro.
- El 10 por ciento restante, como máximo, puede incluir alumnado de primero o segundo de Educación Secundaria Obligatoria del propio centro o exalumnado del centro.
- Modalidad B:
- El 80 por ciento de sus miembros como mínimo debe ser alumnado del centro.
- El 20 por ciento restante como máximo puede incluir alumnado de Educación Primaria del propio centro o personas de la comunidad educativa. Estas personas pueden ser profesores, progenitores o personal de administración y servicios.
- Modalidad A:
- Recoger y custodiar las autorizaciones para la participación de todos los miembros del coro en el centro:
- Esas autorizaciones deben permitir su grabación durante las actuaciones para su valoración.
- No deben enviarse junto a la solicitud.
- Deben rellenarse los siguientes modelos:
- Requisitos adicionales para los centros privados y privados concertados:
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de pago de la Seguridad Social.
- No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Indicar en la solicitud:
- La titularidad del centro:
- Público.
- Privado con régimen de concierto.
- Privado sin régimen de concierto.
- Los datos del centro:
- Dirección.
- Código de centro y dirección de área territorial a la que pertenece.
- Los datos del director del centro.
- Los datos del profesor de contacto (preferiblemente el director del coro).
- La modalidad de participación.
- Los datos de la cuenta bancaria (sólo en caso de centros privados y concertados privados).
- La titularidad del centro:
Documentación
Centro público
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Datos del coro y repertorio (Anexo I).
- Listado de los componentes del coro (Anexo II).
- Partituras del repertorio.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Centro privado con régimen de concierto
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Datos del coro y repertorio (Anexo I).
- Listado de los componentes del coro (Anexo II).
- Partituras del repertorio.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Centro privado sin régimen de concierto
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Datos del coro y repertorio (Anexo I).
- Listado de los componentes del coro (Anexo II).
- Partituras del repertorio.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 1623/2026, de 17 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el XXII Certamen de Coros Escolares de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2025-2026 (Modalidad A Categoría 1) (BOCM nº 116, de 18 de mayo).
- Extracto de la Orden 1623/2026, de 17 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el XXII Certamen de Coros Escolares de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2025-2026 (Modalidad A, Categoría 2) (BOCM nº 116, de 18 de mayo).
- Extracto de la Orden 1623/2026, de 17 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el XXII certamen de coros escolares de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2025-2026 (Modalidad B Categoría 1) (BOCM nº 116, de 18 de mayo).
- Extracto de la Orden 1623/2026, de 17 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el XXII certamen de coros escolares de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2025-2026 (Modalidad B Categoría 2) (BOCM nº 116, de 18 de mayo).
- Orden 1623/2026, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el XXII certamen de coros escolares de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2025-2026.
- Orden 3273/2021, de 3 de noviembre, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se modifican diversas Órdenes por las que se aprueban bases reguladoras de subvenciones, con el objeto de adaptarlas a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y de concretar la forma de presentación de las solicitudes de participación de los interesados (BOCM nº 273, de 16 de noviembre).
- Orden 1157/2017, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las Bases Reguladoras del Certamen de Coros Escolares de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 106, de 5 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 19/05/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Publicaremos las novedades de la convocatoria en el calendario de actuaciones de este trámite. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te avisemos de cada publicación si te has suscrito a este servicio.
Ten en cuenta que no recibirás comunicaciones de la unidad que gestiona las solicitudes de inscripción en el concurso, por lo que debes estar pendiente de las publicaciones en el calendario de actuaciones.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, se lo comunicaremos al centro solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición y archivaremos el expediente.
A continuación, revisaremos las solicitudes y publicaremos un listado de los centros de admitidos en cada modalidad.
El jurado determinará en cada fase los coros que pasan a la final.
En la final el jurado deliberará y fallará los premios de la modalidad de cada categoría:
- 2 premios de Coros Escolares de Excelencia.
- 3 premios de Coros Escolares.
Además, otorgará 2 menciones especiales a los directores.
Este jurado podrá declarar desierto uno, varios o todos los premios en la propuesta de concesión, si considera que las actuaciones no tenían la calidad suficiente. Sus decisiones son inapelables.
La dirección general competente en el certamen emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería competente en educación resolverá mediante orden de concesión de los premios. La orden de concesión determinará los beneficiarios y la cuantía de los premios.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 19/05/2026 Fecha de fin: 01/06/2026
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Contacto
Subdirección General de Bilingüismo
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud