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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas mayores de 20 años que no disponen del título de Bachiller y no están matriculadas en bachillerato.
Requisitos
- Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:
- Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o declarado equivalente a efectos académicos.
- Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional o de Artes Plásticas y Diseño.
- Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior.
- No estar en posesión del título de Bachiller o de cualquier otro título declarado equivalente a todos los efectos.
- No estar matriculado en las enseñanzas de Bachillerato en cualquiera de sus modalidades o regímenes en el año académico en que se celebren las pruebas.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Documento identificativo equivalente al documento nacional de identidad.
- Certificación académica oficial de los estudios cursados por el alumno emitido por el centro donde cursó dichos estudios.
- Historial académico de Bachillerato.
- Certificación oficial de calificaciones obtenidas en convocatorias anteriores de pruebas libres para la obtención del título de Bachillerato para mayores de veinte años.
- Documentación que acredita disponer de alguna de las condiciones establecidas para convalidar las materias solicitadas, de conformidad con el artículo 40 de la Orden 2067/2023, de 11 de junio.
- Documentación que acredita encontrarse en alguna de condiciones establecidas para la exención de la materia de Educación Física, de conformidad con el artículo 40 de la Orden 2067/2023, de 11 de junio.
- Certificado de discapacidad en vigor expedido por otra comunidad autónoma (diferente a la Comunidad de Madrid).
- Dictamen técnico-facultativo emitido por especialistas o profesionales sanitarios que acredite la necesidad de adaptaciones metodológicas (tiempo, tamaño fuente, formatos especiales, etc.).
- En caso de actuar mediante representante, documento de otorgamiento de la representación.
- Otros.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE.
- Título que posea el aspirante para poder participar en estas pruebas.
- Certificado de discapacidad en vigor expedido por la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Las pruebas se basarán en el currículo de Bachillerato regulado por el Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Ordenación Académica de Enseñanzas de Régimen General
- Paseo de Recoletos, 14
- Correo electrónico: ordenacion.rg@madrid.org
Normativa
- Orden 2367/2025, de 2 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Bachiller destinadas a personas mayores de veinte años en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 168, de 16 de julio).
- Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan para el año 2025 las pruebas para la obtención del título de Bachiller destinadas a personas mayores de veinte años en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 46, de 24 de febrero).
- Orden 2435/2017, de 3 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Bachiller destinadas a personas mayores de veinte años en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 168, de 17 de julio).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- Antes del 30 de abril, los centros pondrán a disposición de las personas interesadas las decisiones relativas a la admisión o la exclusión en las pruebas. Quienes queden excluidos de su participación en las pruebas tendrán 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) para reclamar y presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.
- Antes del 23 de mayo, los centros comunicarán si se estiman o desestiman las reclamaciones presentadas.
- Las pruebas se realizarán conforme al calendario de exámenes que proponga cada centro, entre el 2 y el 13 de junio.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 28/03/2025 Fecha de fin: 10/04/2025
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud