Descripción
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Referencia3748971
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Objetivo
Proceso para la participación en el curso de formación específica para habilitar expertos como asesores y/o evaluadores en procedimientos de reconocimiento de competencia profesional de la Comunidad de Madrid.
La presente actuación se encuentra financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciada por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación 2014-2020
Calendario de actuaciones
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20/10/2020Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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07/10/2020Fecha de publicación de lista provisional de admitidos
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 23/09/2020 Fecha de fin: 29/09/2020
Destinatarios y/o requisitos
Podrán participar en el curso de formación las personas que tengan una experiencia de al menos cuatro años y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
• Profesorado perteneciente a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de enseñanza secundaria o Técnicos de formación profesional, con atribución docente en la Familia Profesional de la cualificación profesional que solicite.
• Formadores y formadoras especializados en la cualificación profesional que solicite.
• Profesionales expertos en la cualificación profesional que solicite.
Los requisitos de participación deberán cumplirse en la fecha de publicación de la presente resolución.
No serán admitidas las personas que se encuentren habilitadas para actuar como asesores y/o evaluadores en las unidades de competencia de la cualificación profesional solicitada, en el perfil correspondiente.
Calendario de actuaciones:
20/10/2020 | Relación definitiva de personas admitidas, excluidas y suplentes (Ver listados en el Calendario de actuaciones) (*) Organización del curso para más información ver calendario-horario curso, en el apartado información relacionada. |
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07/10/2020 | Relación provisional de admitidos y excluidos (Ver listados en el Calendario de actuaciones) |
* Reclamaciones: Del 08 de octubre al 13 de octubre de 2020 (ambos inclusive). (Ver modelo de subsanación en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha). |
22/09/2020 | Presentación de solicitudes (*) Del 23 al 29 de septiembre 2020 (*) Para más información ver Resolución de la convocatoria del curso en el apartado información relacionada |
Documentación a presentar
1. Solicitud (pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud).
2. Currículum Vitae Europeo. Anexo I. (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
3. Declaración Responsable. Anexo III. (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, (Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Si desea acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid para realizar las gestiones y trámites de su interés, solicite cita previa.
Documentación de interés
Normativa
* Resolución de la Directora General de Formación por la que se convoca un curso de formación específica para habilitar expertos como asesores y/o evaluadores en procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales de la Comunidad de Madrid, financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo (Ver apartado información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
* Resolución de 12 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Formación, por la que se ordena la publicación de los modelos de impresos correspondientes a los cursos de formación específica para la habilitación de expertos como asesores y evaluadores en el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 3, de 4 de enero de 2018)
* Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE nº 205, de 25 de agosto).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).