-
Pendiente apertura plazo
-
En plazo
En plazo
-
En tramitación
-
Cerrado
Descripción
-
Referencia1308834
-
Objetivo
Regulación de determinados aspectos de la organización y funcionamiento de los institutos bilingües en la Comunidad de Madrid, la organización de la enseñanza en español-inglés en la E.S.O que en ellos se imparte, así como la definición de los requisitos que han de reunir tanto el alumnado como el profesorado de dichos centros.
Destinatarios y/o requisitos
Se pueden consultar los requisitos para profesores y para admisión de alumnos en el apartado de Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
Organización
Los institutos bilingües organizarán sus enseñanzas en dos modalidades diferentes: Programa bilingüe y Sección bilingüe.
Se puede consultar el desglose de ambas modalidades en el apartado de Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
Documentación de interés
Normativa
* Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 99, de 27 de abril).
* Corrección de errores de la Orden 3331/2010, de 11 de junio, por la que se regulan los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 169, de 16 de julio).
* Orden 3331/2010, de 11 de junio, por la que se regulan los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 160, de 6 de julio).
Órgano Responsable
Te puede interesar
Concurso de Méritos para la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Grupos B/C)
03 enero 2023Convocatoria de acciones formativas en colaboración con asociaciones de la Comunidad de Madrid
16 enero 2017VI edición del Programa Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte (Curso 2021-2022)
16 abril 2021V edición del Programa Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte
20 julio 2020IV edición del Programa Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte
14 junio 2019
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).