Descripción

  • Referencia
    F52
  • Objetivo

    Inscripción por parte de los ayuntamientos a los alumnos que deben realizar en el IFISE el curso básico de formación necesario para el nombramiento como Voluntario de Protección Civil en la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • 18/09/2023
    Lista definitiva de admitidos y excluidos
  • 11/09/2023
    Lista provisional de admitidos y excluidos. Se abre plazo de subsanación y aportación de documentación del 11 al 15 de septiembre de 2023.

    La presentación de la subsanación y aportación de documentación se realizará mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 17/08/2023 Fecha de fin: 07/09/2023

Destinatarios

Ayuntamientos que cuenten con agrupaciones que tengan prevista la incorporación de aspirantes a Voluntario de Protección Civil.

Requisitos

Realizar la solicitud de inscripción en nombre del candidato, certificando a través del mismo formulario electrónico la identidad de los candidatos y que estos cumplen los siguientes requisitos:

  1. Tener dieciocho años cumplidos en el momento de su incorporación a la agrupación. En el caso de tener entre dieciséis y dieciocho años, deberán contar con el consentimiento de sus progenitores, tutores o representantes legales.
  2. No podrán ser voluntarias las personas que tengan antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos, por delitos de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas, o por delitos de terrorismo en programas cuyos destinatarios hayan sido o puedan ser víctimas de estos delitos.
  3. Será requisito para tener la condición de voluntarios en entidades de voluntariado o programas cuyo ejercicio conlleve el contacto habitual con menores, no haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata y explotación de menores.
  4. Los miembros de los órganos de gobierno y autoridades con competencia en materia de protección civil, no podrán integrarse en la agrupación de su municipio como voluntarios de protección civil.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Archivo Excel usando la plantilla proporcionada en el trámite, con los aspirantes propuestos en orden de preferencia.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Los alumnos deberán disponer de los medios telemáticos necesarios para la realización de la fase online (ordenador de sobremesa, portátil o tablet, así como conexión a internet), siendo la Agrupación la responsable de garantizar su uso en caso de no disponer de ellos. También, para participar en el curso es indispensable tener una cuenta personal de correo electrónico, y competencias digitales suficientes que permitan la navegación y uso de la plataforma e-learning para aprendizaje y evaluación.

La fase online del curso se desarrollará entre el 18 de septiembre de 2023 y el 15 de octubre de 2023. Es obligatorio superar esta fase por completo según lo que contemple su guía didáctica para poder continuar a los talleres presenciales. Estos se desarrollarán para cada aspirante durante cuatro fines de semana alternos entre el 21 de octubre y el 10 de diciembre de 2023, comenzando los aspirantes de la mitad de las agrupaciones el 21 de octubre, y los de la otra mitad el 28 de octubre, según la distribución que realice con este fin el IFISE. Es muy importante que los ayuntamientos no soliciten plaza para los aspirantes que no tengan disponibilidad en estos fines de semana mencionados, para realizar los talleres presenciales. 

Los alumnos deberán asistir a los talleres prácticos en este Instituto vistiendo su uniforme reglamentario y deberán estar provistos de los equipos de protección y de los medios de dotación necesarios para las para las actividades y prácticas lectivas programadas. Este equipamiento será facilitado por sus respectivas Agrupaciones.
   
La no superación o asistencia en cualquiera de las dos fases, la fase online o la fase práctica presencial, supondrá la exclusión y/o la no superación del curso.

Para ser evaluable el alumno debe realizar al completo la actividad formativa de carácter presencial, así como la formación a distancia inicial, completando con aprovechamiento el curso, realizando los ejercicios asignados y superando las correspondientes pruebas de evaluación.

Respecto a los talleres presenciales, cualquier ausencia deberá ser justificada documentalmente, aceptando este Instituto como justificación aquellas situaciones que cumplan los parámetros establecidos en el Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid 2023. Cualquier ausencia no justificada de esa manera supondrá la no superación del curso, y en el caso de estar justificadas, estas ausencias no podrán superar más de 10 horas del tiempo correspondiente a los talleres presenciales para lograr superar el curso.

Contacto: ifiseformacion@madrid.org

Tramitación

  1. Finalizado el proceso de revisión de las solicitudes presentadas, se publicará en la sección Calendario de actuaciones de este trámite y en la página web de la Comunidad de Madrid (enlace a: https://www.comunidad.madrid/servicios/seguridad-emergencias/formacion-…) en su apartado “Convocatorias vigentes de formación en protección civil”, el listado provisional de admitidos.
  2. Los Ayuntamientos con candidatos propuestos no incluidos en el listado provisional, podrán formular alegaciones en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de los listados provisionales, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
    Las alegaciones presentadas se aceptarán o denegarán mediante la resolución por la que se declaren aprobados los listados definitivos.
    Una vez publicada la anterior resolución, se notificará a los ayuntamientos con alumnos admitidos la fecha exacta de comienzo del curso.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
Dirección General de Seguridad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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