Descripción

  • Referencia
    F20
  • Descripción

    Acceso, admisión y matrícula de alumnos en las escuelas oficiales de idiomas situadas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

    • El plazo de presentación de solicitudes de inscripción para la realización de la prueba de clasificación será del 21 de abril al 6 de mayo de 2022, ambas fechas incluidas, cuyo modelo se recoge en espacio Tramitar.
    • El plazo de presentación de solicitudes de admisión para los cursos reglados y los cursos para la actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas será del 6 al 24 de junio 2022, ambas fechas incluidas.
  • Tasa
    Requiere el pago de tasas
  • Más información

Calendario de actuaciones

  • 25/07/2022
    Formalización de matrícula de solicitantes admitidos en lista de espera en la escuela oficial de idiomas asignada, del 25 al 27 de julio de 2022

    Consulta a través de la Secretaría Virtual

  • 14/07/2022
    Formalización de matrícula de solicitantes admitidos en la secretaría virtual Raíces (pago de precios públicos y presentación de documentación), del 14 al 18 de julio de 2022

    Consulta a través de la Secretaría Virtual

  • 13/07/2022
    Listado con la adjudicación definitiva

    Consulta a través de la Secretaría Virtual

  • 07/07/2022
    Resolución de las reclamaciones y publicación de la lista de admitidos y adjudicación a una EOI de la Comunidad de Madrid.

    Consulta a través de la Secretaría Virtual

  • 28/06/2022
    Abierto el periodo de reclamación a las lista de solicitantes inscritos en las EOI de la Comunidad de Madrid, del 28 al 30 de junio de 2022

Requisitos

Destinatarios:

En el proceso deben participar:

  1. Solicitantes que no hayan estado matriculados en una escuela oficial de idiomas, en ninguna de sus modalidades.
  2. Alumnos oficiales matriculados en una escuela oficial de idiomas que deseen cursar un idioma diferente.
  3. Antiguos alumnos oficiales que no hayan formalizado matrícula en los dos años inmediatamente anteriores al año en el que se solicita la admisión.
  4. Alumnos oficiales que deseen trasladar su expediente a otra escuela oficial de idiomas de la Comunidad de Madrid.
  5. Alumnos del programa That’s English! que deseen matricularse en la modalidad presencial en una escuela oficial de idiomas distinta de aquella en la que cursan este programa de inglés a distancia.
  6. Alumnos que procedan de otras Comunidades Autónomas y deseen matricularse en una escuela oficial de idiomas de la Comunidad de Madrid.

Requisitos:

  1. Tener dieciséis años cumplidos en el año en que comiencen los estudios.
  2. Tener catorce años cumplidos en el año en que comiencen los estudios para seguir las enseñanzas de un idiomas distinto del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Solicitud de inscripción en la prueba de clasificación
    • Solicitud de adaptación para la realización de la prueba de clasificación (Solo para quienes lo soliciten habiendo acreditado la discapacidad)
    • Copia del modelo 030 que justifique el pago del precio público establecido, para la realización de la prueba de clasificación
  2. Solicitud de admisión de cursos reglados: 
    • Certificado acreditativo si quiere optar por la reserva de plazas (docentes de enseñanzas no universitarios de la Comunidad de Madrid, discapacidad igual o superior al 33% y deportista de alto nivel o rendimiento)
    • Certificado acreditativo de discapacidad expedido por el órgano competente de otra Comunidad Autónoma
    • Copia autenticada del resultado de la prueba de clasificación EOI del curso 2020-21 en caso de haberla realizado ese curso.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. NIF/NIE del interesado
  2. Certificado acreditativo de discapacidad expedido por el órgano competente de la Comunidad de Madrid

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. 

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa el botón CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Escoge la solicitud correspondiente a este proceso de admisión.
  4. Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica.

Si eliges la presentación electrónica, puedes identificarte por alguno de los siguientes medios:

  1. Autenticación Cl@ve:
  2. Autenticación - @SCV, con usuario y contraseña previo registro
  3. Autenticación - Roble/Raíces, con usuario y contraseña.

En aquellos casos en los que la solicitud de admisión no sea presentada por vía telemática, debes dirigirla siempre a la escuela oficial de idiomas elegida como primera opción. No obstante, puedes entregarla presencialmente en dicho centro, o bien en los demás lugares habilitados para ello. 

Si deseas más información sobre tramitación electrónica pulsa este enlace.

   

Documentación de interés

Instrucciones de admisión en las escuela oficiales de idiomas para el curso 2022-2023
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237.25 KB

Tramitación

Las solicitudes se tramitan por secretaría virtual, y en las escuelas oficiales de idiomas

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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