Descripción
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ReferenciaF92
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Descripción
Admisión de alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, así como las etapas de Educación Especial en la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 12/03/2025 Fecha de fin: 26/03/2025
Personas destinatarias
- Progenitores y tutores legales de alumnado que:
- Se incorpore por primera vez a centros sostenidos con fondos públicos que impartan segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria.
- Vaya a escolarizarse por primera vez en centros específicos o en unidades de Educación Especial sostenidos con fondos públicos.
- Desee acceder a centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria, y a cualquiera de las modalidades o vías de Bachillerato.
- Solicite plaza escolar en las Secciones Lingüísticas en lengua francesa o alemana en IES, a excepción de los que procedan de colegios públicos con adscripción única y que estén autorizados para impartir el programa de lengua francesa o lengua alemana, respectivamente.
- Desee solicitar un centro de Educación Primaria o de Educación Secundaria diferente a aquel que les corresponda por adscripción única.
- Esté escolarizado en centros con adscripción múltiple a otros centros educativos y que tenga que cambiar de centro para el curso 2025/2026. Para obtener plaza en alguno de los centros adscritos:
- En este caso es imprescindible presentar una solicitud de admisión. En la misma pueden incluir centros adscritos por orden de preferencia, así como centros diferentes a los de adscripción.
- Si no se presenta la solicitud de admisión, serán los Servicios de Apoyo a la Escolarización (SAE) los que le asignen una plaza escolar en la fase final del proceso de admisión.
- Desee cambiar de centro en cualquiera de las etapas y enseñanzas correspondientes a este proceso de admisión.
- En caso de ser mayor de edad, es el propio alumnado interesado quien debe firmar y presentar la solicitud.
Requisitos
- Presentar una única solicitud de admisión por alumno en la que se indique:
- El centro educativo solicitado en primera opción.
- Hasta otros 5 centros educativos más sostenidos con fondos públicos, por orden de prioridad.
- La solicitud de admisión debe estar cumplimentada y firmada por ambos padres, madres o tutores legales, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo. En este caso debe presentarse una declaración responsable.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Certificado acreditativo del lugar de trabajo.
- Certificado que acredite que alguno de los padres o tutores legales trabajan en el mismo centro solicitado.
- Documento que acredite que el alumno solicitante haya nacido de parto múltiple.
- Documento que acredite que el alumno solicitante pertenece a familia monoparental.
- Documento que justifique que el alumno solicitante está en situación de acogimiento familiar.
- Documento acreditativo de condición de víctima de violencia de género.
- Documento que acredite la condición de víctima del terrorismo.
- Expediente académico. Exclusivamente para Bachillerato.
- Documentación justificativa de condición de antiguo alumno.
- Documentación que acredite el criterio complementario para asignar puntuación adicional.
- Documentación que acredite la certificación de necesidades específicas de apoyo educativo asociadas a discapacidad psíquica, física o sensorial.
- Documentación que acredite haber recibido apoyo en cualquier modalidad de compensación educativa.
- Declaración responsable que justifica la firma de la solicitud de admisión por parte de un solo progenitor o tutor legal, en su caso.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Documentos identificativos del alumno, padre, madre o tutores legales.
- Certificado de empadronamiento de la unidad familiar o documentación justificativa.
- Documentación acreditativa de percibir la Renta Mínima de Inserción.
- Documentación acreditativa de ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
- Certificado de discapacidad emitido por la administración competente.
- Título de familia numerosa.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica.
Si eliges la presentación electrónica, puedes identificarte por alguno de los siguientes medios:
- Autenticación Cl@ve:
- DNI electrónico o Certificado electrónico.
- Cl@ve PIN.
- Cl@ve Móvil.
- Cl@ve permanente.
- Ciudadanos UE.
- IDentifica.
- Autenticación - @SCV, con usuario y contraseña previo registro
- Autenticación - Roble/Raíces, con usuario y contraseña. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a Secretaría Virtual con dichas credenciales.
La solicitud se presentará preferentemente por medios electrónicos. En aquellos casos en los que no sea posible, se podrá entregar presencialmente en el primer centro incluido en la solicitud o bien en los lugares habilitados para ello. Si deseas más información sobre tramitación electrónica pulsa este enlace.
Información Complementaria
Dispones de información detallada sobre los diferentes centros de enseñanza en el buscador de centros: Servicio Web a Padres de Alumnos de la Comunidad de Madrid
Documentación de interés
Tramitación
Una vez recibida la solicitud se enviará al centro solicitado para su tramitación en la Secretaría Virtual donde podrás consultar la evolución de tu expediente.
Calendario previsto:
- 4 de abril: Se hacen públicos los listados provisionales de alumnado que ha solicitado el centro en primera opción. Se podrá consultar a través de la Secretaría Virtual la lista del centro solicitado en primera opción. Quienes no tengan acceso a la Secretaría Virtual podrán realizar esa consulta de manera presencial, y previa identificación, en el centro solicitado en primera opción.
- 7, 8 y 9 de abril: Plazo de reclamaciones a través de la Secretaría Virtual o de forma presencial, en función de la opción elegida para la presentación de solicitudes, a los listados provisionales de solicitantes. Las reclamaciones surtirán efecto a través de la publicación provisional de solicitudes baremadas.
- 24 de abril: Se hace pública, a través de la Secretaría Virtual, la información provisional con la puntuación obtenida por los solicitantes que incluirá el resultado de las reclamaciones presentadas al listado de solicitantes. La puntuación de cada solicitud contendrá la correspondiente al centro solicitado en primera opción, así como la puntuación de todas las opciones solicitadas.
- 25, 28 y 29 de abril: Plazo de reclamaciones a través de la Secretaría Virtual o de forma presencial, en función de la opción elegida para la presentación de solicitudes, a la puntuación provisional obtenida en cada centro incluido en las solicitudes de admisión.
- 6 de mayo: Propuesta provisional escolarización de alumnado con Necesidades Educativas Especiales (NEE): las familias pueden informarse a través de la Secretaría Virtual y del SAE correspondiente.
- 7, 8 y 9 de mayo: Plazo de consulta, y en su caso alegaciones, a la propuesta provisional de escolarización del alumnado con NEE elaborada por los SAE. Plazo voluntario para realizar solicitud complementaria de centros en el SAE para alumnado con NEE que no hayan obtenido plaza escolar en ninguno de los centros solicitados y no dispongan de plaza para el curso 2025-2026.
- 8 de mayo: Publicación del listado definitivo de puntuación de solicitudes baremadas, salvo las del alumnado con NEE, una vez revisadas las reclamaciones recibidas.
- 14 de mayo: Los SAE respectivos informan sobre la adjudicación definitiva de plaza escolar al alumnado que presentan NEE.
- 28 de mayo: Se hace pública a través de la Secretaría Virtual la información sobre el alumnado admitidos en cada centro, ya sean solicitantes de primera opción o solicitantes en otras opciones que hayan obtenido plaza en el mismo.
- 29 y 30 de mayo: Plazo voluntario para realizar solicitud complementaria de centros ante el SAE que corresponda exclusivamente para quienes hayan participado en el proceso de admisión, no hayan obtenido plaza escolar en ninguno de los centros solicitados y no dispongan de plaza para el curso 2025-2026. La solicitud podrá presentarse también de forma telemática a través de la Secretaría Virtual del centro que figure como primera opción en la solicitud.
- Hasta 13 de junio: Adjudicación de plaza escolar por los SAE al alumnado que no haya podido ser admitido en ninguna de las opciones solicitadas y no disponga de plaza para el curso 2025-2026, así como a las solicitudes duplicadas, las que contengan datos erróneos y las presentadas fuera de plazo o no presentadas que no dispongan de plaza para el curso 2025-2026.
- Del 12 al 26 de junio: Plazo de matriculación en los centros de Educación Infantil, Primaria y Especial.
- Del 12 de junio al 4 de julio: Plazo general de matriculación en los centros de Educación Secundaria.
Normativa
- Resolución de 12 de febrero de 2025, del Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, por la que se anuncia la fecha, hora y lugar para la celebración del sorteo público previsto para resolver posibles casos de empate en los procesos de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2025/2026 (BOCM nº 49, de 27 de febrero).
- Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, así como las etapas de Educación Especial en la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026 (BOCM nº 297, de 13 de diciembre).
- Decreto 23/2023, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 71, de 24 de marzo).
- Orden 1240/2013, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la se establece el procedimiento para la admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 92, de 19 de abril).
- Decreto 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 86, de 12 de abril).
- Orden 2808/2023, de 30 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se regula la escolarización y la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en centros de educación especial y unidades de educación especial en centros ordinarios, así como la escolarización combinada en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 189, de 10 de agosto).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).