• Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 11/03/2024 Fecha de fin: 30/04/2024
  • En Plazo

    • Presentación de solicitudes

      Fecha de inicio: 11/03/2024 Fecha de fin: 30/04/2024

    Tramitar

  • En tramitación

    Fecha de inicio: 11/03/2024 Fecha de fin: 30/04/2024

    Tramitar

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    F69
  • Objetivo

    Acceso de alumnado propuesto por los centros docentes al Centro Regional de Enriquecimiento Educativo para alumnado con Altas Capacidades Intelectuales (CREACIM) para su participación en el Programa de Enriquecimiento educativo para alumnos con Altas Capacidades (PEAC).

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 11/03/2024 Fecha de fin: 30/04/2024

Destinatarios

  1. Progenitores, tutores, acogedores o personas encargadas de la guarda y custodia del alumnado de altas capacidades intelectuales escolarizado en los centros docentes tanto públicos como privados de la Comunidad de Madrid que impartan el tercer curso del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y que desee acceder al CREACIM para su incorporación al PEAC.
  2. El alumnado que actualmente participa en el Programa de Enriquecimiento educativo para alumnos con Altas Capacidades no tendrá que solicitar el acceso al CREACIM.

Requisitos

  1. Haber cumplido 6 años de edad o bien cumplirlos a lo largo del año natural en el que den comienzo las actividades formativas del Programa del Enriquecimiento Educativo (PEAC)
  2. Cursar enseñanzas de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria en septiembre de 2024.
  3. Tener un informe psicopedagógico que determine necesidades educativas asociadas a altas capacidades intelectuales.
  4. Ser propuesto por su centro de referencia , mediante la aportación de un Informe-propuesta del centro educativo para su acceso al CREACIM.
  5. Cumplir con un perfil específico que valorará la red de orientación especializada de acuerdo al Informe-propuesta. En él se reflejarán, desglosados y baremados, los siguientes indicadores generales relacionados con el perfil del alumno: 
    1. Capacidad cognitiva global igual o superior a percentil Pc 95. Desarrollo intelectual global armónico en las diferentes  áreas (perfil homogéneo) y vías de aprendizaje.
    2. Valoración positiva de la creatividad.
    3. Valoración positiva de la persistencia en la tarea.
  6. Además de los requisitos de edad y perfil, se considerarán otros aspectos  relacionados con el tipo de desarrollo del alumno, estilo de aprendizaje y desarrollo social y emocional.
  7. Una vez obtenida la puntuación final según el perfil del alumno, se aplicará un factor de multiplicación diferenciado en función del tipo de centro en el que el alumno se encuentre escolarizado.    

Requisitos de la documentación

  1. Incluir y ordenar en la solicitud, según prioridad las sedes del CREACIM en las que se desea participar en el Programa del Enriquecimiento educativo.
  2. Aportar el Informe propuesta del centro, cumplimentado, baremado y firmado por los profesionales de la red de orientación especializada y con el Vº Bº del director del centro escolar.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Informe psicopedagógico.
  2. Informe-propuesta del centro educativo para la incorporación al CREACIM.
  3. Otra documentación justificativa (indicar).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en la sede administrativa del CREACIM o en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Las sesiones del PEAC se desarrollarán a lo largo del curso escolar, con una periodicidad quincenal, las mañanas de los sábados, en horario de 10:00 a 13:00 horas desde octubre a mayo.

Para consultas o dudas sobre este trámite dispones del correo electrónico: creacim.madrid@educa.madrid.org

Documentación de interés

Previsión de vacantes
Descargar
268.77 KB
Acceso al CREACIM
Descargar
234.34 KB
Actuaciones
Descargar
190.87 KB

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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