Información y documentación
-
Información
TasaNo requiere el pago de tasasTitulaciónGrado en Educación Primaria, Maestro o Diplomatura en Profesorado de EGB según especialidades o menciones atendiendo al anexo I -
Personas destinatarias
Aspirantes a desempeñar puestos docentes de interinidad del Cuerpo de Maestros que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
- Haber participado en el proceso selectivo convocado en 2026.
- Pertenecer a la lista ordinaria vigente y no haber decaído de la misma a 30 de junio de 2026. No es necesario presentarse al citado procedimiento selectivo, si te has presentado a una de las últimas cinco convocatorias de procedimientos selectivos de dicha especialidad.
- Pertenecer a la lista extraordinaria permanentemente abierta.
-
Requisitos
Requisitos generales:
- Tener la nacionalidad española o de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que se aplica la libre circulación de trabajadores.
- Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
- No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No ser personal funcionario de carrera en activo, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento.
Requisitos específicos:
- Poseer la titulación que acredita la cualificación para impartir la especialidad especificada en el Anexo I. Están exentas de este requisito las personas aspirantes que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber superado la fase de oposición en la misma especialidad y en el mismo Cuerpo en alguno de los procedimientos selectivos convocados en los últimos 10 años o en las 5 últimas convocatorias en la Comunidad de Madrid.
- Tener una experiencia docente en dos cursos académicos de, al menos, 5,5 meses en cada uno de ellos o, en su defecto, 12 meses en períodos continuos o discontinuos, como personal funcionario interino en el mismo Cuerpo y especialidad a la que se opta.
- Si la titulación se ha obtenido en el extranjero, haber obtenido la correspondiente credencial de homologación por el Estado español o bien, tener acreditado el reconocimiento de su cualificación profesional.
- No haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
-
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Justificación no participación en asignación tras 5,5 meses de nombramiento en un mismo curso.
- Documentación justificativa de la causa alegada, que no contendrá información descriptiva en caso de enfermedad.
- Otorgamiento de la representación, en su caso.
- Para la solicitud de inclusión en el acceso 2:
- Dictamen vinculante de las condiciones físicas, psíquicas o sensoriales.
- Otorgamiento de la representación, en su caso.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI o NIE.
- DNI o NIE del representante.
Y, además, para la solicitud de inclusión en el acceso 2:
- Documentación acreditativa del grado de discapacidad. Comunidad Autónoma.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
- Justificación no participación en asignación tras 5,5 meses de nombramiento en un mismo curso.
-
Normativa
- Resolución de 29 de abril de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los cuerpos docentes no universitarios en los centros públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2026-2027 (BOCM nº 113, de 14 de mayo).
- Acuerdo de 10 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 24 de marzo de 2023, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal docente no universitario, sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 118, de 19 de mayo).
-
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Recursos Humanos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
La formación de las listas consta de las siguientes fases después de publicar las listas provisionales:
- Justificación de no participación en la Plataforma de Asignación de Docentes Interinos, PADI.
- Se puede justificar la no participación en la formación de listas por las siguientes causas, si no ha participado en la aplicación PADI tras obtener derecho a nombramiento de 1 de julio a 31 de agosto, por nombramientos de más de 165 días:
- Enfermedad del aspirante.
- Situaciones contempladas en el Estatuto Básico del Empleado Público.
- Condición de víctima del terrorismo o de violencia de género.
- Por encontrarse en servicios especiales (sólo para los funcionarios de carrera).
- Situaciones de fuerza mayor.
- Una vez enviada su justificación, recibirá notificación electrónica con la admisión o no de su justificación.
- Se puede justificar la no participación en la formación de listas por las siguientes causas, si no ha participado en la aplicación PADI tras obtener derecho a nombramiento de 1 de julio a 31 de agosto, por nombramientos de más de 165 días:
- Publicación de listas definitivas:
- Una vez publicadas las listas definitivas se podrá renunciar a la inclusión en dichas listas.
- Una vez enviada la solicitud se publicarán los nuevos listados en la aplicación PADI.
- Inclusión acceso 2:
- Integrantes de la lista ordinaria vigente de la especialidad durante el curso 2025‑2026 incluidos en el colectivo de acceso 2, y que no se presentan al procedimiento selectivo de la especialidad de la lista o que, presentándose a dicha especialidad, no se hubiesen ofertado plazas por dicho acceso en la misma.
- Integrantes de las listas ordinarias vigentes cuyo reconocimiento de discapacidad se haya producido con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento selectivo.
- Integrantes de listas extraordinarias vigentes.
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al de su publicación.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no se ha publicado.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentación de interés
Contacto
Área de Gestión del Personal Docente Interino
Horario de atención: lunes a viernes de 9 a 14 horas.
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud