Descripción

  • BOCM de la convocatoria
  • Referencia
    E3612
  • Número de plazas convocadas
    3
  • Sistema de selección

    Libre Designación

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas
  • Descripción
    Provisión de puestos de trabajo de carrera de naturaleza laboral por el procedimiento de libre designación.

    La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su organización y desarrollo, por lo dispuesto en el Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

Calendario de actuaciones

Requisitos

  1. Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del citado Convenio Colectivo, con excepción del personal de las empresas públicas.
  2. Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.
  3. No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.
  4. Pertenecer al grupo, categoría y área de actividad a que se encuentren adscritos los puestos de trabajo convocados.
  5. Reunir el resto de las condiciones específicas establecidas en el anexo I.

Los requisitos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de cobertura.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Junto a la solicitud los aspirantes deberán aportar la documentación que acredite el perfil profesional, y en todo caso:

  1. Certificado de cumplimiento de requisitos mínimos conforme al Anexo II de la convocatoria que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste servicios.
  2. Servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, funciones así como de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que haya prestado servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones Públicas.
  3. Certificado original de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

 

 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos. 

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Tramitación

  1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid y en el tablón de anuncios de la sede de la Consejería de Sanidad, el listado provisional de admitidos y de excluidos en el procedimiento, con indicación de las causas que, en su caso, dan lugar a la exclusión, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la presentación telemática de alegaciones y la subsanación de defectos que proceda. 
    Transcurrido el plazo de alegaciones, se publicará en los mismos medios los listados definitivos de admitidos y de excluidos.
  2. El sistema de provisión de los puestos será el de Libre Designación. Los puestos convocados serán adjudicados, libre y discrecionalmente, por el órgano competente de la Consejería, a los candidatos que reúnan los requisitos y méritos establecidos en las presentes Bases de Convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 del Convenio colectivo para el personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
  3. La resolución de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
  4. El destino será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato propuesto obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a la adjudicación de aquel.
  5. El acceso a un puesto de carrera no supondrá en ningún caso la reserva del puesto de procedencia.

 

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Secretaría General Técnica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar