Descripción
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Referencia1308676
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TasaRequiere el pago de tasas
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BOCM de la convocatoria
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Número de plazas convocadas4
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Plazas convocadas
Código del Cuerpo: PI2669.10.
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Forma de acceso
Promoción interna
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Sistema de selección
Concurso-oposición
Calendario de actuaciones
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08/05/2019Fecha de publicación del nombramiento
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27/03/2019Fecha de publicación de la superación de las pruebas selectivas
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27/03/2019
Requisitos
- Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Tener la nacionalidad española, o la nacionalidad de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) número 492/2011 del Parlamento europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Igualmente, podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los familiares del ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con él, en los términos dispuestos en el citado Real Decreto 240/2007. - Estar en posesión del título de Grado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Diplomado Universitario.
Tal y como previene la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, a efectos de lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario:- El haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero,
- El haber superado el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
- Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos, Escalas y/o Especialidades del Subgrupo C1 de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Igualmente, podrán participar los funcionarios de carrera que pertenezcan a alguno de los Cuerpos, Escalas y/o Especialidades del Subgrupo A2 de la Administración de la Comunidad de Madrid, distinto del Cuerpo y Especialidad sobre los que versa el presente proceso selectivo, y siempre que las funciones del Cuerpo, Escala y/o Especialidad de pertenencia sean similares o equivalentes a las de la Especialidad de Consumo del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas objeto de convocatoria.
Asimismo, podrán participar los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Administración de la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y que pertenezcan a un Cuerpo, Escala y/o Especialidad del Subgrupo C1 de su Administración de origen.
Finalmente, podrán concurrir quienes, tras haber superado el correspondiente proceso selectivo, ostenten la condición de personal laboral fijo y pertenezcan a categorías profesionales del Grupo II, Nivel 7, del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid, siempre que se encuentren en servicio activo o con reserva de puesto de trabajo y desempeñen funciones similares o equivalentes a las de la Especialidad de Consumo del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas objeto de convocatoria. - Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante, al menos, dos años en el Cuerpo, Escala y/o Especialidad funcionarial de procedencia.
En el caso del personal laboral fijo, haber prestado dos años de servicios efectivos en tal condición, en la categoría profesional del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid desde la que participen. - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo y Especialidad a los que se pretende acceder.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
- Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además del requisito citado en el párrafo anterior, no deberán hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
- La totalidad de los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario de carrera del Cuerpo y Especialidad sobre los que versa el presente proceso selectivo.
Puedes consultar el Sistema de selección, exención de tasas y Programa, en la sección Documentación de interés.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Documentación de interés
Normativa
- Orden 1204/2017 de 26 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Técnico y Diplomados Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 100, de 28 de abril).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).