Descripción

  • BOCM de la convocatoria
    BOCM nº 231 de 27 de septiembre de 2018
  • Referencia
    2653390
  • Número de plazas convocadas
    130
  • Plazas convocadas

    9 plazas para personas con discapacidad

  • Sistema de selección

    Concurso-oposición

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

  1. Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en el Estatuto Marco.
  2. Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  3. También podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales a que se refiere el párrafo anterior, siempre que no esté separado de derecho; igualmente, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  4. Titulación: Estar en posesión del título de Grado en Enfermería o Diplomado Universitario en Enfermería, o titulación equivalente, expedido por el Ministerio competente o estar en condiciones de obtenerlo, habiendo terminado la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación de instancias.
  5. Estar en posesión del título que acredite haber realizado el curso “Enfermería en urgencias extrahospitalarias” establecido en la Orden 559/1997, de 17 de marzo, de Transporte Sanitario, con trescientas treinta y cuatro horas de duración o, en su caso, del título que acredite la homologación de la formación y experiencia profesional que figura en el artículo 8 de la Orden 559/1997, de 17 de marzo, o estar en condiciones de obtener dichos títulos dentro del plazo de presentación de instancias.
  6. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
  7. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial. En el caso de las personas nacionales de los otros Estados mencionados en el apartado b) de la base segunda, además de no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, deberán no haber sido separados por sanción disciplinaria o equivalente, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos.
  8. No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.
  9. De conformidad con el artículo 13, párrafo 5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
  10. Quienes concurran por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, con efectos del último día del plazo de presentación de solicitudes
  11. Haber abonado la tasa por derechos de examen salvo encontrarse en alguno de los supuestos de exención de la misma.

Estos requisitos deberán poseerse el último día del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada.

Documentación a presentar

  1. Solicitud, pulsar Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
  2. Justificante de haber abonado la tasa correspondiente, o documentación que acredite la exención.
  3. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

Cumplimentación de la solicitud

La solicitud para participar en estas pruebas selectivas se ajustará al modelo oficial que acompaña a la convocatoria, y se deberá cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, rellenando el formulario de este proceso, al que se accederá siguiendo la secuencia que se indica a continuación,
www.comunidad.madrid/servicios/salud/selección-personal-estatutario-servicio-madrileño-salud y posteriormente, seleccionando “Enfermero/a” de Emergencias del SUMMA 112 o a través de la página web de la Comunidad de Madrid.

a) La solicitud se cumplimentará preferentemente de forma telemática, para ello, se deberá acceder a través de la opción “Acceso con certificado”. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada para cada tipo de firma.

b) En el caso de que vaya a optar por la presentación presencial, deberá acceder a través de la opción “Acceso sin certificado”, guardar la solicitud para que el sistema le adjudique el número de referencia interna y proceder a su impresión y firma.

Presentación de la solicitud

Para presentar la solicitud y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, o de los demás registros previstos en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid.

De forma presencial: El interesado presentará la solicitud cumplimentada por medios electrónicos junto con la documentación requerida que hubiera de aportarse en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro, o en las Unidades de Registro de los centros sanitarios dependientes del Servicio Madrileño de Salud, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De efectuarse la presentación de la solicitud y su documentación anexa en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el funcionario de dicha entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (calle Sagasta, número 6, 28004 Madrid).

Es imprescindible la firma de la solicitud por el aspirante. En caso de falta de firma, se procederá a la exclusión del proceso.

   

Documentación de interés

Instrucciones de presentación de méritos de la fase de concurso
Descargar
304.8 KB
Instrucciones de cumplimentación de la solicitud
Descargar
59.06 KB
Instrucciones cumplimentación del modelo de subsanación
Descargar
277.13 KB

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Servicio Madrileño de Salud
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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