Descripción

  • BOCM de la convocatoria
  • Referencia
    E2814
  • Número de plazas convocadas
    1
  • Forma de acceso

    Acceso libre

  • Titulación
    Médico Especialista en Medicina del Trabajo
  • Sistema de selección

    Valoración de méritos

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas
  • Descripción
    Convocatoria para su cobertura interina de un puesto de trabajo vacante en la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, y se prevé la constitución de lista de espera.

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Médicos con la especialidad de Medicina del trabajo que quieran acceder a un puesto de empleo público de carácter interino.
 

Requisitos

  1. Tener la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrán participar los cónyuges de los españoles y de nacionales de otros Estados miembros de la UE, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de 21 años y mayores de esta edad que sean dependientes.
  2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
  3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  5. Poseer la titulación de Medicina con la especialidad en Medicina del Trabajo.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Titulación académica
  2. Informe de Vida Laboral
  3. Certificados de servicios prestados en cualquier Administración Pública
  4. Certificados de funciones firmados por órgano competente
  5. Contratos
  6. Cursos realizados
  7. Otros méritos que se acompañan a la solicitud susceptibles de ser valorados según la convocatoria.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF/NIE.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Baremos de méritos

Los méritos baremables en esta convocatoria son los siguientes:

  1. Experiencia como médico especialista en medicina del trabajo, en el área de vigilancia de la salud en Servicios de prevención de Administraciones Públicas: 0,15 puntos por mes completo o fracción, hasta un máximo de 3 puntos.
  2. Experiencia como médico especialista en medicina del trabajo en el área de vigilancia de la salud en otros Servicios de prevención: 0,15 puntos por mes completo o fracción, hasta un máximo de 2 puntos
  3. Conocimientos en materia de la especialidad de medicina del trabajo : hasta un máximo de 3 puntos. Los referidos conocimientos se valorarán en atención a la duración de los cursos realizados, de acuerdo con el siguiente baremo:
    1. Cursos de 20 a 40 horas de duración: 0,20 puntos
    2. Cursos de 41 a 70 horas de duración: 0,40 puntos
    3. Cursos de 71 o más horas de duración: 0,80 puntos

Documentación acreditativa de los méritos

  1. Titulación académica exigida para acceder al Cuerpo, Escala y Especialidad correspondiente. A tales efectos, se señala que la titulación exigida para acceder al Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad Medicina del Trabajo es el título de Grado o Licenciado en Medicina y título de Médico Especialista, en la Especialidad de Medicina del Trabajo, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o haber obtenido el título de Médico Especialista.
  2. Documentación acreditativa de los méritos valorables, incluyendo en todo caso informe de vida laboral. Dicha documentación, según el mérito a acreditar, será:
    1. Certificado de funciones emitido por el órgano competente de la Administración Pública correspondiente.
    2. Copia del contrato de trabajo y, en su caso, certificado de funciones, cuando del enunciado del contrato de trabajo no puedan deducirse las funciones desempeñadas.
    3. Diploma o certificado de asistencia y/o aprovechamiento, sobre la realización de cursos relacionados con la especialidad de medicina del trabajo. En todo caso, debe quedar constancia de la denominación del curso, su contenido y horas lectivas.

Tramitación

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se reunirá el Tribunal Permanente de selección de funcionarios interinos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para realizar la baremación de la documentación presentada

La selección de los aspirantes, tanto para cubrir el puesto de trabajo convocado como para integrar la lista de espera, se realizará con arreglo al baremo que figura en el listado de la Orden de convocatoria

Los empates serán dirimidos de acuerdo con los criterios establecidos por el Tribunal con carácter previo a la baremación.

Finalizada la baremación, el Tribunal de Selección publicará en la Oficina de Atención al Ciudadano, en los tablones de anuncios de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y en la página web de la Comunidad de Madrid la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de las causas de exclusión y la puntuación obtenida por cada uno de ellos.

Los candidatos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la lista provisional, para formular las alegaciones que estimen pertinentes. Finalizado el plazo de alegaciones, el Tribunal de Selección formalizará la lista definitiva incluyendo la puntuación obtenida, y la elevará al órgano competente para resolver la adjudicación.

Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos para el acceso al Cuerpo, Escala o Especialidad de que se trate o, en su caso, para el desempeño del puesto de trabajo, del candidato que hubiera obtenido la máxima puntuación, el titular de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades dictará la resolución de adjudicación del puesto y ordenará su publicación en el Boletín Oficial De La Comunidad De Madrid.

No podrán adjudicarse puestos de trabajo a aquellos aspirantes que previamente hayan resultado adjudicatarios de otros correspondientes al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad, que tengan asignado un nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto convocado. Previamente a la adjudicación definitiva se comprobará el cumplimiento de este requisito por la Dirección General de Recursos Humanos.

Si el candidato que resultase adjudicatario renunciase a su nombramiento como funcionario interino, o no tomara posesión en el plazo establecido al efecto, se dictará nueva resolución adjudicando el puesto de trabajo al siguiente candidato según el orden de puntuación, procediendo a dictarse, en su caso, tantas resoluciones como sean necesarias hasta la efectiva cobertura del puesto convocado.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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