Descripción

  • BOCM de la convocatoria
    BOCM Nº 28 de 2 de febrero de 2017
  • Referencia
    1152729
  • Plazas convocadas

    1.
    - Jefe de Unidad Técnica de Inspección. Nivel 28. Grupo: A.
    (nº puesto de trabajo 49602). Secretaría General Técnica. Subdirección General Régimen Control de Calidad, Inspección, Registro y Autorizaciones.

  • Sistema de selección

    Libre Designación

Calendario de actuaciones

Requisitos

1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
2. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.

* Perfil:

Experiencia en inspección y control de calidad en centros y servicios.
Experiencia en tramitación de quejas y sugerencias.
Experiencia en organización y coordinación de equipos de trabajo.

Documentación a presentar

1. Solicitud ((Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud)).
2. Breve historial académico y profesional, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto.
3. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal).
4. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado de tramitación (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).

** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

Presentación de solicitudes

- Recogida:

Ver apartado Gestión.
Servicio de Personal de cada Consejería.
Oficinas de Atención al Ciudadano.

- Presentación de solicitudes y documentación:

Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en el Registro de la Consejería de Políticas Sociales y Familia (C/ O´Donnell, 50), o en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

   

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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