Órgano de Gestión Instituto Regional de Arbitraje de Consumo. Secretaría General.
Sistema de selección
Libre Designación
Requisitos
Podrás participar en este procedimiento si eres funcionario en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria:
Si te encuentras en servicio activo o quieres reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente.
Si te encuentras en situación de servicios especiales.
Si estas en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrás participar si llevas más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que deseas reingresar al servicio activo.
Si procedes de la situación de suspenso, deberás haber cumplido el período de suspensión.
Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado has de poseerlos en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerlos hasta la resolución del procedimiento.
Perfil
Experiencia en la gestión y tramitación de reclamaciones en materia de consumo.
Experiencia en elaboración de informes jurídicos y asesoría jurídica.
Experiencia en elaboración y seguimiento de convenios de colaboración.
Experiencia en coordinación y seguimiento de equipos de trabajo.
Documentación
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
Currículum Vitae.
Certificado de Registro de Personal emitido por otra AAPP, en su caso.
Otros.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
Orden 4 de noviembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por el procedimiento de Libre Designación (BOCM nº 272, de 15 de noviembre).
Las Órdenes de convocatorias publicadas a partir del 3 de octubre de 2016 se regirán por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).