Última actualización: 23/10/2024

Descripción

  • Referencia
    E4917
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas
  • BOCM de la convocatoria
    BOCM Nº 189 de 9 de agosto de 2024
  • Número de plazas convocadas
    1
  • Plazas convocadas
    1. Técnico de Apoyo.
      1. Nº puesto de trabajo: 32406.
      2. Nivel 28. Grupo: A.
      3. Dirección General de Patrimonio y Contratación. Subdirección General de Patrimonio.
  • Forma de acceso

    Promoción interna

  • Sistema de selección

    Libre Designación (artículo 55)

Calendario de actuaciones

Requisitos

Podrás participar en este procedimiento si eres funcionario en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria:

  1. Si te encuentras en servicio activo o quieres reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente.
  2. Si te encuentras en situación de servicios especiales.
  3. Si estas en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrás participar si llevas más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que deseas reingresar al servicio activo.
  4. Si procedes de la situación de suspenso, deberás haber cumplido el período de suspensión.

Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado has de poseerlos en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerlos hasta la resolución del procedimiento.

Perfil

  1. Conocimiento de la normativa sobre patrimonio de las administraciones públicas.
  2. Conocimiento en materia de derecho civil y derecho administrativo relacionado con bienes inmuebles.
  3. Conocimiento en materia catastral.
  4. Experiencia en la tramitación de expedientes patrimoniales o relacionados con bienes inmuebles.
  5. Conocimiento y experiencia en la valoración de bienes inmuebles.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
  • Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Currículum Vitae.
  2. Certificado de Registro de Personal emitido por otra AAPP, en su caso.
  3. Otros.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Hacienda y Función Pública
Dirección General de Patrimonio y Contratación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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