Última actualización: 05/11/2024

Descripción

  • Referencia
    E4627
  • Descripción

    Convocatoria para la cobertura de un puesto mediante nombramiento provisional como Jefe/a de Servicio de Medicina Nuclear para el Hospital Universitario Clínico San Carlos.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas
  • BOCM de la convocatoria
  • Número de plazas convocadas
    1
  • Forma de acceso

    Promoción interna

  • Titulación
    Grado o Licenciado/a o Doctor/a en Medicina y Cirugía, y del título de Especialista en Medicina Nuclear
  • Sistema de selección

    Concurso

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Personas con licenciatura, grado o doctorado en Medicina y Cirugía, y del título de Especialista en Medicina Nuclear.

Requisitos

Requisitos Generales

  1. Tener la condición de personal fijo del Sistema Nacional de Salud.
  2. Ostentar la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o reunir alguno de los requisitos establecidos en el artículo 57, del Real Decreto Legislativo Ley 5/2015, del 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, referido al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
  3. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, en cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
  4. No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como trata de seres humanos.

Requisito del título

El título debe estar expedido, homologado y convalidado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Experiencia Profesional

Haber desempeñado plaza de la especialidad a la que concurra en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud o plaza en Hospitales con programas acreditados para la docencia por la Comisión Nacional de la Especialidad o en Centro extranjero con programa reconocido para la docencia de postgraduados en la especialidad correspondiente, por un período mínimo de cinco años.

A efectos del cómputo del tiempo, se sumarán los períodos de desempeño de plaza en diferentes Servicios y Hospitales. En el caso de que se superpongan períodos de servicios prestados, sólo se computará uno de ellos.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Proyecto técnico.
  2. Currículum.
  3. Nombramiento.
  4. Certificado de servicios prestados.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. NIF/NIE
  2. Titulación exigida, o, en su caso, certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos.

La Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Documentación de interés

Procedimiento de selección
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Baremo y contenido de cada una de las fases (Anexo I)
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103.48 KB

Tramitación

  1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Director-Gerente aprobará, mediante Resolución que se publicará en el BOCM, la relación provisional de admitidos y excluidos al proceso de provisión, con indicación, en su caso, de la causa de exclusión.
  2. Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar los defectos apreciados, disponible tanto en la página web como en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid y que figura como Anexo III a esta Resolución.
  3. Una vez finalizado el plazo de subsanación, el Director-Gerente dictará Resolución, que se publicará en el BOCM, aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de provisión.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Servicio Madrileño de Salud

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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