Descripción

Calendario de actuaciones

Requisitos

Requisitos para la integración

  1. Podrá optar por su integración voluntaria en la categoría equivalente del régimen estatutario, el personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en el Hospital El Escorial del Servicio Madrileño de Salud y reúna los siguientes requisitos:
    1. Vinculación: estar en posesión de nombramiento como funcionario de carrera en cuerpo/escala de las previstas en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid y en el caso del personal laboral contar con contrato laboral fijo en categoría de las contempladas en el Anexo IV del vigente Convenio Colectivo único del personal laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. En ambos casos ha de ser equivalente a la categoría en la que se pretende la integración como personal estatutario conforme a las tablas de homologación que se acompañan a la presente orden.
    2. Titulación: Estar en posesión de la titulación necesaria para el desempeño de la actividad profesional de que se trate. En consecuencia, la integración se efectuará en la categoría y titulación equivalente del régimen estatutario que en cada caso corresponda, según cuerpo, escala o categoría profesional de origen, siempre que se reúna el requisito de titulación exigido por la legislación general aplicable en cada caso y por la específica que regule el ejercicio de la actividad profesional de que se trate, de conformidad con las tablas de homologación de categorías que figuran como Anexo I a esta orden. No obstante, cuando el personal funcionario de carrera o laboral fijo perteneciente a un cuerpo, escala o categoría determinada, que para su ingreso no se le exigió una titulación académica, requerida actualmente en la normativa vigente de carácter estatutario, y que no cuente con la autorización o habilitación legal y reglamentaria prevista en la disposición adicional séptima de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco, podrá integrarse en una categoría de grupo de clasificación inferior en función de la titulación que ostente.
    3. Funciones: el personal objeto de integración deberá desempeñar las funciones correspondientes a la categoría estatutaria en la que solicita la integración, para cuya acreditación la Gerencia del hospital El Escorial, deberá expedir certificación en la que se indiquen las funciones que viene realizando cada uno de los solicitantes.
    4. Situación administrativa: Estar en situación de activo o en cualquier situación que implique la suspensión en la relación laboral, o en cualquier situación administrativa del personal funcionario de las previstas en la legislación vigente, que supongan, en ambos casos, la reserva de puesto de trabajo, así como en situación de servicios especiales, excedencia voluntaria, excedencia forzosa, excedencia para el cuidado de hijos o familiares o excedencia por razón de violencia de género, siempre y cuando con anterioridad a la declaración de excedencia se encontrara prestando servicios, con carácter definitivo, en el Hospital El Escorial.
    5. Otros: Cumplir los restantes requisitos exigidos ente para ostentar la condición de personal estatutario, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del Personal Estatutario, así como en el Decreto 8/2007, de 1 de febrero, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se regula el proceso voluntario de integración en el régimen estatutario del personal laboral y funcionario que presta servicios en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.
  2. Los requisitos exigidos deberán ostentarse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
  3. El personal laboral fijo que, ostentando la condición de personal estatutario fijo en situación diferente a la de activo y en categoría equivalente conforme a las tablas de homologación anexas a la presente Orden, podrá participar en este proceso, en cuyo caso, se le concederá el reingreso definitivo en su categoría estatutaria, que se hará público junto con la relación definitiva del personal integrado. Asimismo, podrá solicitar la carrera profesional en los mismos términos y plazos que el personal que resulte integrado por esta orden.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1.  En el caso de actuar por medio de representante, adjuntar autorización de representación.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Nombramiento como estatutario fijo, funcionario de carrera o contrato laboral en el caso del personal laboral fijo.
  2. Certificado expedido por el Director Gerente del centro donde esté prestando servicios el interesado.
  3. Resolución por la que haya sido declarado en alguna de las situaciones recogidas en el artículo 3.1..d) de la Orden.
  4. DNI.
  5. Título exigido para integrarse en la categoría de personal estatutario solicitada.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Documentación de interés

Tabla de homologación
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Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Servicio Madrileño de Salud
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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