Descripción
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Referencia4024981
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TasaNo requiere el pago de tasas
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BOCM de la convocatoria
Calendario de actuaciones
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13/12/2021Modificación de la Orden 1235/2021
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19/10/2021Relación definitiva de personal integrado y excluido.
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04/06/2021Abierto plazo de presentación de reclamaciones del 5 de junio al 5 de julio de 2021
Requisitos
Podrá optar por integrarse voluntariamente en alguna de las categorías de Enfermero/a Especialista siguientes: Enfermería Geriátrica, Enfermería Pediátrica o Enfermería de Salud Mental.
Requisitos
Vinculación: Estar en posesión del nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría de enfermera, funcionario de carrera del cuerpo de diplomados en salud pública, escala salud pública que realice funciones de enfermera especialista y personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid en la categoría profesional de diplomado en enfermería especialista o, titulado medio especialista que realice funciones de enfermera especialista o, diplomado en enfermería que realice funciones de enfermera especialista y contar con la titulación oficial de la especialidad en la que se solicita la integración.
Titulación: estar en posesión del título oficial de Enfermera Especialista.
Funciones: el personal objeto de integración deberá desempeñar las funciones inherentes a la nueva categoría estatutaria de enfermera especialista y prestar servicios en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias en alguna de las unidades de cada especialidad.
- Para la integración como enfermera especialista geriátrica deberá prestar servicios en alguna de las siguientes unidades hospitalarias de Geriatría:
Consulta externa de Enfermería Geriátrica.
Hospital de Día Geriátrico.
Unidad de Media Estancia (UME) o Unidad de Recuperación Funcional (URF).
Unidad Geriátrica de Agudos (UGA).
Asistencia Geriatría Domiciliaria.
Enfermera de Valoración Geriátrica. - Integración como enfermera especialista pediátrica deberá prestar servicios en alguna de las siguientes unidades hospitalarias de Pediatría:
Urgencias Pediátricas.
Unidades de Hospitalización Pediátrica.
Cuidados Críticos Pediátricos.
Unidad de Cuidados Paliativos Pediátricos.
Hospital de Día Pediátrico.
Neonatología.
Consulta externa de Enfermería Pediátrica. - Integración como enfermera especialista en salud mental deberá prestar servicios en alguna de las siguientes unidades hospitalarias de Salud Mental:
Centro de Salud Mental (CSM).
Unidad de Hospitalización Breve.
Hospital de Día de Salud Mental.
Equipo de Calle.
Unidad de Rehabilitación de Salud Mental.
Unidad de Cuidados Prolongados de Salud Mental.
Unidades Especiales hospitalarias o ambulatorias destinadas a pacientes con patologías específicas o grupos de edad determinados.
Consulta Externa Enfermería Salud Mental.
Situación administrativa: Estar en situación de activo o en otra situación que conlleve la reserva de puesto por alguna de las causas establecidas en la legislación vigente, así como en la situación de servicios especiales, excedencia forzosa, excedencia para el cuidado de hijos o familiares, o excedencia por razón de violencia de género, siempre y cuando en la fecha de la declaración de la situación o excedencia correspondiente se encontrara prestando servicios con carácter definitivo, en Instituciones Sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud desempeñando las funciones inherentes a la nueva categoría y en las unidades relacionadas anteriormente..
Cumplir los restantes requisitos exigidos por la normativa vigente para ostentar la condición de personal estatutario.
Los requisitos exigidos en el apartado anterior deberán ostentarse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Documentación de interés
Normativa
- Orden 200/2021, de 23 de febrero, del Consejero de Sanidad, por la que se convoca el proceso de integración voluntaria en el régimen del personal estatutario en las categorías de Enfermero/a Especialista en Enfermería Geriátrica, Enfermería Pediátrica y Enfermería de Salud Mental para el personal que presta servicios en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud (BOCM nº 59, de 11 de marzo).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).