Descripción

  • BOCM de la convocatoria
    BOCM Nº 270 de 13 de noviembre de 2019
  • Referencia
    3261271
  • Plazas convocadas

    2.
    - Subsec. Apoyo Administrativo. Nivel 22. Grupos: B/C.
    (nº puesto de trabajo 1370). Dirección General Vivienda y Rehabilitación. Subdirección General Adjudicaciones, Régimen Jurídico y Apoyo al Ciudadano.
    - Subsec. Rehabilitación Integrada I. Nivel 22. Grupos: B/C.
    (nº puesto de trabajo 25448). Dirección General Vivienda y Rehabilitación.

  • Sistema de selección

    Concurso de méritos

Calendario de actuaciones

Requisitos

1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
2. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.

* Perfil:

Subsec. Apoyo Administrativo (nº puesto de trabajo 1370):

- Experiencia en el manejo de la aplicación NEXUS para la elaboración de documentos contables de gasto, tramitación de contratos de servicios y de contratos menores: 3 puntos.
- Tramitación de anticipos de caja fija y pagos a justificar: 1 punto.
- Experiencia en el manejo del paquete ofimático básico de la Comunidad de Madrid (word, excel y powerpoint) y de las aplicaciones e-reg de registro y sedo: 2 puntos.
- Experiencia en atención e información al público, presencial y telefónica: 1 punto.
- Experiencia en el manejo del sistema de gestión de contenidos "DRUPAL" para la creación de contenidos en materia de vivienda en la nueva web de la Comunidad de Madrid: 1 punto.

Subsec. Rehabilitación Integrada I (nº puesto de trabajo 25448):

- Experiencia en tramitación de convenios interadministrativos de áreas de rehabilitación: 2 puntos.
- Experiencia en el tratamiento y análisis estadístico de la información relativa a expedientes de ayuda económica de rehabilitación: 2 puntos.
- Elaboración y seguimiento de la documentación remitida al Ministerio de Fomento en relación al programa de rehabilitación de los planes de vivienda, así como apoyo a la tramitación de órdenes de declaración de áreas de rehabilitación: 2 puntos.
- Explotación de la base de datos de seguimiento y control de las calificaciones de vivienda, así como de las ayudas económicas de los expedientes de rehabilitación (aplicación SHAREPOINT) y seguimiento de entidades gestoras de rehabilitación: 1 punto.
- Experiencia en la tramitación de expedientes de rehabilitación de viviendas, con manejo de la aplicación informática NEXUS: 1 punto.

Documentación a presentar

1. Solicitud, (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
2. Certificado emitido por el Registro de Personal de la Administración correspondiente, en el caso de que los interesados hayan desempeñado puestos de trabajo con carácter definitivo en otras Administraciones Públicas en los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la convocatoria
3. Documentación, original o copia cotejada, acreditativa de los méritos, preferentes y no preferentes, que se aleguen.
4. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal).
5. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado de tramitación (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).

** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

Presentación de solicitudes

* Recogida:

Pulsando el botón Tramitar al principio de esta ficha
Servicio de Personal de cada Consejería.
Oficinas de Atención al Ciudadano.

* Presentación de solicitudes y documentación:

Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Vivienda y Administración Local (C/ Maudes, 17) o en cualquiera de las  Oficinas de Asistencia en Materia de Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

   

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Dirección General de Vivienda y Rehabilitación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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